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AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA 2015

AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA 2015

 

En el BOJA de 9 de Marzo de 2015, nº 46, se ha publicado la Orden de 3 de marzo, de la Consejería de Fomento y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el alquiler de viviendas a personas con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2015.

Se trata de las ayudas al alquiler de viviendas libres previstas en el Plan Estatal de fomento del alquiler, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, regulado por el Real Decreto 233/2012, de 5 de abril.

Se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas el alquiler de vivienda habitual a personas con ingresos limitados para año 2015.

- Plazo de presentación: DEL 10 DE MARZO HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2015

- Personas beneficiarias:

* Las personas titulares de contratos de arrendamiento de vivienda destinada a residencia habitual y permanente, ubicadas en Andalucía.

* Las personas que tengan intención de alquilar una vivienda, siempre que presenten un contrato de alquiler que condicione sus efectos a la obtención de la ayuda en el plazo de un mes desde la resolución de la misma.

Los requisitos habrán de cumplirlos todos los miembros de la unidad de convivencia a la que se destina la vivienda.

Se entiende por unidad de convivencia a todas las personas que convivan y estén empadronadas en una misma vivienda, existan o no lazos familiares. Una misma persona no podrá formar parte de dos unidades familiares distintas.

- Cuantía de las ayudas: Consistirá en el 40% de la renta anual que deba satisfacerse por el alquiler de la vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. Estos límites se prorratearán sobre los meses subvencionables que correspondan.

- Pago: El pago de la ayuda se fraccionará abonándose al inicio de cada mes en curso y en caso de existir meses ya vencidos, se incluirán estos en un pago único.

- Solicitudes: Según el formulario aprobado que se podrá obtener en la dirección web http://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/002252-A00-V00-00_0.pdf

- Lugar de presentación: Preferentemente en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda/portal-web/web/directorio de la provincia en la que esté ubicada la vivienda, o en el registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección web http://www.andaluciajunta.es, en cuyo caso se requerirá firma electrónica reconocida.

INFORMACIÓN: http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/77700.html

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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2732 Comentarios

Ana (no verificado) | Julio 23, 2017

Hola Rosa. Mejor llama a tu consejería o preséntate allí y le expones tu caso

Málaga (no verificado) | Julio 19, 2017

Alguien ha cobrado ya

Yo mismo (no verificado) | Julio 20, 2017

Listas definitivas septiembre. Pagos octubre

Anabel (no verificado) | Julio 21, 2017

Ojalá, supongo que lo dirás de broma.. aunque la realidad es que debería ser así..las del 2015 se han cobrado en el 2017... imperdonable!

Anónimo (no verificado) | Julio 29, 2017

Yo cobré la ayuda del 2015 en 2016, noviembre, hay personas que las cobraron antes y otras después. Por lo visto empiezan a pagar por Octubre.
También pasó mucho que había gente que le faltaba por justificar diciembre y por eso cobró más tarde.

Davinia (no verificado) | Julio 21, 2017

Hola! Me podrías decir de que provincia eres y donde te han facilitado la información? Gracias

Ana (no verificado) | Julio 19, 2017

Yo no he cobrado. Soy de sevilla

Davinia soto (no verificado) | Julio 18, 2017

Buenas tardes, ayer se cerró el plazo de subsanación de las listas provisionales que se publicaron, alguien me podría decir cuanto tiempo estimado se toman para publicar las listas definitivas? Ya que me he quedado de suplente con toda la documentación correcta. Gracias

Laura (no verificado) | Julio 18, 2017

A mi en Córdoba me dijeron que hasta septiembre no empezarían a dar la ayuda

Jose Antonio (no verificado) | Julio 17, 2017

Hola buenas tarde quisiera saber si es verdad que las ayudas la estan pagando o esto es para marear al personal .

Francisco oliver (no verificado) | Julio 17, 2017

A ver anónimo de dios,parece q trabajas para la junta?? , x xxxxxx que tiene q ver un ayuda para pagar el alquiler para la gente sin ingresos con estar al día con la seguridad social?? A ver di m lo explicas campeon

Yo mismo (no verificado) | Julio 20, 2017

Pues tiene q ver q la ley de subvenciones lo recoge expresamente. No pueden ser beneficiarios los deudores con la aeat , ata y ss

Anónimo (no verificado) | Julio 19, 2017

Te lo explicoque, las ayudas salen del mismo lado.
Si un requisito es no tener deudas con las entidades públicas no se puede uno quejar de que no le pagan.
Y no,no trabajo para la junta pero ya que te dan una ayuda, exigir que te la den teniendo deudas y culpar a los demás me parece de tener cara la verdad.

Mluz (no verificado) | Julio 9, 2017

Que vergüenza,porque tengas alguna duda pendiente de hacienda,que se está pagando fraccionada mente te deniegan la ayuda,aunque ahora no tengas ni para comer,y ellos bien que se enriquecen como con los ere y no les pasa nada ,yo me cambio de comunidad para vivir ya estoy harta del abuso de poder de Andalucía.

Currop (no verificado) | Julio 21, 2017

Yo tengo un pago fraccionado por deuda y sí soy beneficiario.
No es que sea santo de mi devoción la Junta, pero en micaso estoy pagando las cuotas religiosamente y no he tenido ese problema.
Suerte

Yo mismo (no verificado) | Julio 20, 2017

Si la estás pagando fraccionada no tienes deuda

El DPA responde | Julio 12, 2017

 

M Luz, si tienes concedido el aplazamiento puede que te consideres que estes al corriente. Presenta el certificado de concesión de aplazamiento.

Cadiz (no verificado) | Julio 20, 2017

Defensor del pueblo podria 7d responder a mi duda??estoy en las provionales y todo concedido y no me reclaman ningun papel,mi pregunta es:igualmente tendria q haber entregado en el plazo hasta el 17 de julio el anexo 3 donde piden datos bancarios y x si quieres alegar algo?yo no lo hice xq en la junta en un principio hace meses me dijeron q si ya me habian pagado la ayuda del año pasado q no hacia falta ya mas datos bancarios xq ellos teniam esos dato ya del alta de la cuenta,pero ayer mirandolo tuve dudas.xfavor aclareme si he de entregarlo ese anexo aunke ya este fuera d plazo,gracias

El DPA responde | Julio 31, 2017

Buenas tardes Cádiz. Si no te piden que des de alta la cuenta, imaginamos que las tienes. De todas formas para cualquier duda lo mejor es ponerte en contacto con la Delegacion Territorial correspondiente. En caso de Cadiz.

Plaza de Asdrúbal, 6, Planta Baja, 5ª y Ático
C.P.: 11071 - Cádiz

Teléfono: 956 00 63 00

Anónimo (no verificado) | Julio 11, 2017

¿ Si le debes dinero al banco te va a dar un préstamo?
Pues esto es lo mismo, es una AYUDA no una obligación y si la quieres tendrás que estar al día en los pagos a las entidades que te la dan.

JUAN SAN PABLO (no verificado) | Julio 9, 2017

A ver que yo me entere,si esto es una ayuda y a las familias con orden de lanzamiento le dan hasta el 80%.¿Como piden los pagos hechos?si tienes una orden de lanzamiento se supone que no has podido pagar.LEASE LAS BASES SON CONTRADICTORIAS¿O es que no quieren pagar?

Yo mismo (no verificado) | Julio 20, 2017

Puedes solicitar el pago con justificación posterior. Te la pagaran aunque no estés al día . Luego tendrás q aportar justificantes

Jaime (no verificado) | Julio 7, 2017

Buenas tardes.el año pasado cobré esta ayuda que correspondía a la del 2015 esta vez también salgo en la provisional y me pregunta es si hay que volver al presentar los mismos papeles o basta con que presente los recibos gracias de antemano.

El DPA responde | Julio 21, 2017

HolaJaime, no sería necesario la presentación de la documentación si ya la aportastes con la solicitud de la presente convocatoria, pero en caso de duda vuelve a presentarla para evitar posteriores complicaciones. Un saludo

Anónimo (no verificado) | Julio 11, 2017

En la lista te especifica si te falta algún documento.

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