En el BOJA de 9 de Marzo de 2015, nº 46, se ha publicado la Orden de 3 de marzo, de la Consejería de Fomento y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el alquiler de viviendas a personas con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2015.
Se trata de las ayudas al alquiler de viviendas libres previstas en el Plan Estatal de fomento del alquiler, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, regulado por el Real Decreto 233/2012, de 5 de abril.
Se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas el alquiler de vivienda habitual a personas con ingresos limitados para año 2015.
- Plazo de presentación: DEL 10 DE MARZO HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2015
- Personas beneficiarias:
* Las personas titulares de contratos de arrendamiento de vivienda destinada a residencia habitual y permanente, ubicadas en Andalucía.
* Las personas que tengan intención de alquilar una vivienda, siempre que presenten un contrato de alquiler que condicione sus efectos a la obtención de la ayuda en el plazo de un mes desde la resolución de la misma.
Los requisitos habrán de cumplirlos todos los miembros de la unidad de convivencia a la que se destina la vivienda.
Se entiende por unidad de convivencia a todas las personas que convivan y estén empadronadas en una misma vivienda, existan o no lazos familiares. Una misma persona no podrá formar parte de dos unidades familiares distintas.
- Cuantía de las ayudas: Consistirá en el 40% de la renta anual que deba satisfacerse por el alquiler de la vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. Estos límites se prorratearán sobre los meses subvencionables que correspondan.
- Pago: El pago de la ayuda se fraccionará abonándose al inicio de cada mes en curso y en caso de existir meses ya vencidos, se incluirán estos en un pago único.
- Solicitudes: Según el formulario aprobado que se podrá obtener en la dirección web http://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/002252-A00-V00-00_0.pdf
- Lugar de presentación: Preferentemente en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda/portal-web/web/directorio de la provincia en la que esté ubicada la vivienda, o en el registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección web http://www.andaluciajunta.es, en cuyo caso se requerirá firma electrónica reconocida.
INFORMACIÓN: http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/77700.html
2732 Comentarios
Tranquila, yo tampoco he cobrado. Está al caer...yo creo que esn esta semana
Yo de Algeciras y aun sin cobrar. No entiendo es que se basan para ir pagando
Yo tampoco lo entiendo. Estoy en la lista de beneficiarios definitiva de Cádiz, que fue publicada hace unas 3 semanas, y con un baremación de las más altas: 67, 561 ¿¿¿¿¿ Por qué no he cobrado aún?????
Hola, yo soy de Jerez tb y a dia DE agosto sigo sin recibir nada. Estoy un poco mosca ya.... perece que todo el mundo de Cadiz ha cobrado.... no se que pasa.
Yo sigo sin cobrar no se cuanto keda esperar ,pero se agota la paciencia.Espero k lo ingresen antes de k acabe el verano.muha suerte a tod@s
Señor defensor del pueblo.Esto ya es indignadisimo,a dia 5 de agosto se cierra el plazo para la nueva ayuda y en Granada no sabemos nada de nada.No se en que se an basado para ir sacando las listas xro creo que todos los andaluces tenemos los mismos derechos.Cuando salgan loslistados no vamos a saber de que convocatoria es.Hay mucha incompetencia.......a ver si esta agonia termina ya y que esta convocatoria nueva sea verdad que va a ser mas rapida
Hola soy de Málaga ayer llamé para cuando las listas y para cuando elbpagp de la ayuda y la respuesta es que saldrian a último de octubre y el pago ni se sabe ,resulta que cuando tu tienes que hacer un pago tienes una fecha tope y si te pasas tienes un 20% de recargo y les da igual si tienes o no ,si aplicaramos la misma vara de medir a las administraciones pero en vez de pagarlo con dinero público se les quitase de sus sueldos ya espabilarian ,para que tantos consejeros ,delegados, presidentes ,vicepresidentes ,vicesecretarios demasiada gente viviendo a espensas debun pueblo sumido en la miseria para mantener una clase politica corrupta y nepotista ,malditos aquellos que con sus palabras defienden al pueblo cuando estan aspirando al sueldo y al poder y cuando lo han conseguido traicionan al pueblo con hechos
Hola a tod@s. Comentar que para mi sorpresa que estoy en lista de los desestimados, después de tanto tiempo de espera. Vamos cuando lo vi me tiraba de los pelos,el motivo que superó la mensualidad de 500€,cosa que falsa. Ya mi marido ha echo la reclamación adjuntando el contrato de alquiler que se ve que pagamos 450€ mensuales. Si eso fuera así que superaremos los 500€ como ellos me indica no creéis que ni siquiera hubiéramos la primera selección, me podría haber puesto otra cosa pero eso no me lo esperaba puesto que viene muy claro puesto en contrato. Ahora todo los retrasos que hay ahora más retraso todavía. Que contenta estoy con la Junta y lo que no es la Junta. Un Saludo a tod@s y ánimo.
Hola Sevilla, yo estoy en un caso parecido al tuyo, en el mío,según ellos, la causa por la que salgo en las listas de desestimadas es porque no he presentado toda la documentación o fuera de plazo, y eso no es así, también hay otra chica que conozco de Sevilla también a la que le dicen lo mismo, yo ya presenté un recurso, al igual que tu argumentando lo evidente que estaba todo presentado y en plazo, no se cuántas personas habrá en esta situación,pero se están lavando las manos con este asunto y es totalmente injusto. A ver que pasa, alguien más en esa situación que lo exponga porque la lista era larguita, a ver si entre todos, podemos hacer algo, la unión hace la fuerza!
kañailla cuanto te han ingresado??.........somos de Malaga,aun no sabemos nada de nada
Por favor alguien k halla cobrado, podria decir cuanto tiempo a transcurrido desde la publicacion de las listas asta el ingreso??
Buenas noches!!
Por fin encontré una página donde poder expresarme y solicitar ayuda. Tras salir la lista de beneficiarios y aparecer en ella, el 26 de julio me mandan un sms diciéndome que para cobrar la ayuda tengo entregar antes del 28 de julio, el anexo IV con todos los justificantes de pago. Yo ya entregue todos los anexos y todos los justificantes de pago en su momento, no entiendo porque me mandan este mensaje, y más si me faltara algún papel o algo no aparecería en la lista definitiva de beneficiarios. Llame al teléfono de vivienda y fomento, y me comentaron que era un mensaje generico, y que si ya había entregado esos justificantes que no me preocupara. A fecha de hoy conozco a gente de mi ciudad que ya le han ingresado la ayuda, pero yo no he cobrado nada. Que debo de hacer??
Hola Patri, si tienes justificante de haber entregado el anexo IV no deberias de preocuparte. De todas formas lo mejor es que envies un correo electronico para dejar constancia de dicha situación.
Soy de Huelva quería saber si alguien ha cobrado ayuda
Yo soy de huelva y tampoco he cobrado
Quiciera saber cuando ponen las listas definitivas en Málaga que vergüenza ya estoy muy cansada de esto todo es una mentira y engaño poneros las lista yaaaaaa????
Soy de Jerez y hoy me han ingresado la ayuda. Esperando desde finales de junio que salieron las listas de Cádiz, por fin he cobrado!
hoy dia 4/08/2016 me hicieron ingreso integro ayuda alquiler 2015 en Cadiz. Suerte y paciencia.
Hola soy de sanlucar (cadiz) y hoy día 4 me han eco el ingreso .por fin que falta me hacia .animo a todos .
Me gustaria poner en conocimiento qe a mi me han vuelto a desestimar la ayuda al alquiler ya es la segunda ve
La primera fue porqe segun ellos me pasaba del ipren lo cual puse reclamacion con justificantes de ingresos y me dieron la razon es decir fue error de ellos.
La segunda es porqe supuestamente mi cuenta bancaria no era correcta vuelvo a ir y me confirman qe si esta correctamente me dan un papel compulsado a los dos meses llamo a jose manuel director de fomento de sevilla y me dice qe es totalmente faborable porqe cumplo mas qe los requisito.
Requisitos qe cumplo familia numerosa maltrato y ipren bajo.
Ahora salen las listas definitivas y vuelvo a estar desestimada por deudas en hacienda o seguridad social,lo cual este señor me confirmo qe entraba en las listas de aprobados porqe habia 800.000 eu para estos casos.
Alguien me puede decir donde puedo ir o escribir o llamar.
Aver si me solucionan algo porqe ya estoy al borde de hacer yna locura.
Hola Ana María, te recomendamos que te pongas en contacto con la Delegación Territorial de la Vivienda de Sevilla. Puedes poner una reclamación y si no te contestan o no estas de acuerdo puedes enviarnos una queja para que estudiemos tu caso, en este enlace http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic.
A continuación te facilitamos todos los datos para que te pongas en contacto con la referida Delegación:
Dirección: Plaza de San Andrés nº 2 y 4, 41003 Sevilla
Teléfono: 955 057 100
Fax: 955 057 179
Hay también un formulario de contacto o un telefono de los Servicios Centrales.
Si desea ponerse en contacto por teléfono con la Consejería de Fomento y Vivienda llame al número de Servicios Centrales 955 926 800. El horario de atención es de 8:30 a 14:30 horas de Lunes a Viernes laborables. Para ponerse en contacto con un órgano concreto, puede obtener sus datos en el Directorio.
Adicionalmente, puede hacernos llegar sus consultas y sugerencias accediendo al siguiente FORMULARIO DE CONTACTO.
Un saludo.
Soy de Cadiz y hoy por fin me ingresaron el importe de la ayuda. Ánimo.
A ver en la convocatoria del alquiler 2015 que publicaron en el boja yo entiendo que las personas que tienen deuda con hacienda o seguridad social pueden cobrar la ayuda no? a lo mejor lo estoy entendiendo mal
http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda/estaticas/sites/consejer...
a) Estar incursa en algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre. Sin embargo, atendiendo a las especiales circunstancias de las personas a las que va dirigida
esta ayuda, se les excepciona de la prohibición de no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
El Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013/2016, en su artículo 6.5, establece que no podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas a quienes incurran en alguna de las circunstancias previstas el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones (tener contraída una deuda tributaria y/o con la seguridad social).
No obstante, la Consejería de Fomento de la Junta de Andalucía, en base a la especial naturaleza de estas ayudas, que pretenden posibilitar el derecho a la vivienda a personas con ingresos limitados, optó, por exceptuar de esta prohibición, dictando la Orden de 3 de marzo de 2015, pero el Ministerio de Fomento formuló a la misma, requerimiento previo a la vía contenciosa administrativa, por discrepancias con esta decisión de excepcionar del requisito, por lo que por razones de legalidad, la Administración autonómica se vio obligada a acatar el requerimiento.
Sin embargo, con el propósito de mantenerse fiel a su posicionamiento, aprobó la Orden de 27 de octubre de 2015, publicada en el BOJA de 30 de octubre, modificando la Orden de 3 de marzo de 2015, en el sentido de contemplar, de manera adicional, que “las ayudas concedidas a personas que mantengan deudas con la Administración Tributaria, o frente a la Seguridad Social sean abonadas con cargo a los fondos exclusivamente autonómicos”.
Para mayor información sobre las distintas cuestiones referidas a la convocatoria e impago de las ayudas al alquiler 2015, le recomendamos la lectura de la Resolución que al efecto hemos realizado.
Hay una partida que proviene de la comunidad para los casos que tienen deudas pendientes con la administración. Si has sido beneficiado y te fijas el tipo de ayuda si es estatal o autonómica. La autonómica es para los casos que tienen deuda con hacienda, etc. Si es del montante que apartaron para las autonomicast. Recibirás tu ayuda. Esto que te comento es porque la mia es autonomica y ya hace un tiempo quenlq cobré. Suerte con todo. Se de sobrias lo que es estar sin saber si se va a cobrar.
Un saludo.