- Llamamiento para un especial cuidado de todas las personas y colectivos que se encuentran en situación de vulnerabilidad
- Apelamos a las Administraciones a que implementen medidas urgentes y extraordinarias para garantizar recursos básicos de alojamiento y alimentos a los colectivo de riesgo
- Estaremos atentos a las posibles consecuencias económicas que puedan derivarse de todo el proceso de contención del virus
- Reordenación del trabajo en el dPA ante las indicaciones de las autoridades sanitarias
El Defensor del Pueblo Andaluz ha acordado en la mañana de hoy un plan de medidas excepcionales y transitorias a adoptar tras la declaración del estado de alarma por el brote del COVID-19 que permitan garantizar su labor de defensa y protección de los derechos de la ciudadanía, a la vez que minimice al máximo el riesgo de contagio.
Así las medidas que ha acordado son las siguientes:
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Se suspende la atención presencial en su sede y la agenda de citas particulares y a colectivos, así como los desplazamientos, reuniones, etcétera
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En paralelo, se refuerzan las demás vías de atención a la ciudadanía. Esto es, vía telefónica (954 21 21 21), web (www.defensordelpuebloandaluz.es ), correo electrónico (defensor@defensordelpuebloandaluz.es), sede electrónica y las redes sociales (facebook.com/DefensordelPuebloAndaluz y twitter.com/DefensorAndaluz)
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Se establece la modalidad no presencial para la prestación del trabajo, que se realizará a través de la modalidad del teletrabajo, garantizando la calidad y prestación del servicio
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Se habilita un servicio mínimo en la sede del Defensor en horario de mañana para las situaciones urgentes que puedan producirse.
Estas medidas se adoptan en virtud de las normas aprobadas por el Gobierno de la Nación (Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19) y la Junta de Andalucía (Orden del Consejero de Presidencia, Administración Pública e Interior, de 15 de marzo de 2020, por la que se determinan los servicios esenciales de la Administración de la Junta de Andalucía con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19 y Orden de 13 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad de Andalucía como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus COVID-19).
Como Defensor del Pueblo Andaluz hacemos un llamamiento a la calma y la responsabilidad de cada uno para el cumplimiento íntegro de estas normas y medidas, y para la protección y el cuidado para la contención y no propagación del virus a nuestras familias, amigos y vecinos en general, con un especial cuidado para todas las personas y colectivos que se encuentran en una situación de riesgo y vulnerabilidad.
Estaremos atentos a las posibles consecuencias económicas que puedan derivarse de todo el proceso de contención del virus. Situaciones especiales relativas al pago de los alquileres, conservación del empleo, prestaciones sociales, aplazamientos de impuestos, liquidez de las pequeñas y medianas empresas, así como la necesidad de impulsar la negociación colectiva y las ayudas necesarias para las familias en situación de mayor necesidad, entre otras cuestiones.
En este sentido, desde el Defensor del Pueblo Andaluz apelamos a las Administraciones públicas a que implementen medidas urgentes y extraordinarias encaminadas a garantizar los recursos básicos de alojamiento y suministro de alimentos a los colectivos más vulnerables mientras dure el estado de alarma decretado por el Gobierno de la Nación. Es una responsabilidad que debe ser compartida para garantizar la prevención y salud de todos los andaluces.
Finalmente queremos sumarnos a todas las muestras de solidaridad que se están poniendo en marcha a través de las redes sociales y medios de comunicación de agradecimiento a todos los profesionales que están trabajando en primera línea por toda la ciudadanía.
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