Os facilitamos enlace de acceso a la convocatoria de Ayudas al Alquiler de Vivienda 2017, publicado por la Consejería de Fomento y Vivienda.
entravista_al_defensor_del_pueblo_andaluz.mp3
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1392 Comentarios
Desde que inicié los trámites de la ayuda de 2017 hasta hoy mi situación económica ha mejorado y luego empeorado, llegando al dia de hoy en el que estoy en el paro sin prestación alguna (mi empresa me tuvo sin contrato hasta que me fui cansada de esperar a la inspección). Mi duda es la siguiente: para recibir la ayuda de 2017 tengo que mantenerme en la situación precaria económica que sufría en 2017 y sufro ahora durante tres años para cobrar lo de 2017??? Es decir, si en el 2018 superaba el limite de ingresos pero en el 2017 y en la actualidad no, sigo cumpliendo los requisitos??? En la orden se dice que debemos mantener los requisitos pero no dice hasta cuando (si es durante el periodo subvencionable o hasta que pasen los 3 años cuando te conceden la ayuda). Yo ahora me encuentro en una situación crítica y tengo que dejar la vivienda ¿debo comunicarlo? ¿Como? ¿Me denegarán o rrqueriran la ayuda si no sigo en el alquiler por ausencia de ingresos? Necesito ayuda ya sea de alguien que conozca estas cuestiones como del defensor del pueblo. Gracias
Hola, para tener derecho a la ayuda deberán cumplirse los requisitos en el momento de la presentación de la solicitud, y mantenerse durante el periodo por el que se conceda. Un saludo.
Como puedo sumarme a la reclamación conjunta?
Buenas hay alguna forma de reclamar o hacer algo .Es que salí en listas de Málaga como desestimada por falta de presupuesto. Y sin ese dinero no puedo hacer frente a la deuda que tengo de mi casa para poder seguir viviendo en ella el próximo año .de lo contrario me veré en la calle.
Buenos días Ana. Te invitamos a que nos llames al 954 212121 o nos facilita un número de teléfono (no lo publicaremos) para poder conocer de cerca tu situación y poderte informar de las herramientas que la administración puedan poner a tu disposición. Gracias y un saludo
Aparte de la queja conjunta en telegram, votare a [...]
Hola. Te informamos que no hemos publicado tu comentario porque su contenido no cumple con las normas de uso de comentario de la página web del Defensor del Pueblo Andaluz, como así lo publicamos una vez iniciada oficialmente la campaña electoral. Te invitamos a que sigas participando en este foro ajustando el contenido de tus comentario con las normas descrita. Gracias
https://www.defensordelpuebloandaluz.es/comment/28337#comment-28337
Esto es lo que vamos a reclamar en conjunto al DPA para solucionar ayudas 2017 2018 2019 2020
(enlace de grupo telegram en el mensaje de mas abajo).
enlace a la web del defensor del pueblo español
Ojo al párrafo que duplico antes de copiar la sugerencia completa:
""" Las resoluciones reconocen un derecho a cada uno de los particulares afectados a obtener de la Administración pública la ayuda concedida. El ciudadano no tiene por qué sufrir los problemas de gestión de la Junta de Andalucía en la tramitación de las subvenciones en materia de vivienda, la falta de disponibilidad presupuestaria o los problemas de coordinación existentes ente ésta y el Ministerio de Fomento.
Se recuerda que el retraso en el pago conlleva la deuda de los correspondientes intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. """
Enlace:
https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/valorar-la-posibilidad-de-...
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL SOBRE IMPAGO DE AYUDA RECONOCIDA PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA..
Tipo de actuación:Sugerencia
Fecha:23/05/2016
Administración: Junta de Andalucía. Consejería de Fomento y Vivienda
Respuesta de la Administración:Aceptada
Queja número:15006937
TEXTO
En relación con la queja arriba indicada, la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento informa que el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 y anteriores, se articulaban mediante la suscripción de convenios de colaboración. En concreto, el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Vivienda y la Comunidad Autónoma de Andalucía para aplicación del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 fue suscrito el 18 de mayo de 2009.
La gestión de la línea de ayudas al alquiler de vivienda (programa de inquilinos) se realizaba mediante el adelanto de fondos en base a unos objetivos acordados en el mencionado Convenio de Colaboración, cuyo empleo debía ser posteriormente justificado por la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Disposición adicional segunda de la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, establece que:
«A partir de la entrada en vigor de esta Ley será de aplicación el siguiente régimen a las ayudas de subsidiación de préstamos, Ayudas Estatales Directas a la Entrada y subvenciones reguladas en los Planes Estatales de Vivienda cuyos efectos se mantengan a la entrada en vigor de esta Ley y a las ayudas de Renta Básica de Emancipación establecidas por el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre:
c) se mantienen las ayudas del programa de inquilinos, ayudas a las áreas de rehabilitación integral y renovación urbana, rehabilitación aislada y programa RENOVE, acogidas a los Planes Estatales de Vivienda hasta que sean efectivas las nuevas líneas de ayudas del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016. Se suprimen y quedan sin efecto el resto de subvenciones acogidas a los Planes Estatales de Vivienda».
La Orden FOM/2252/2014, de 28 de noviembre, por la que se determina la efectividad de las líneas de ayuda previstas en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas; la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016 (BOE de 3 de diciembre de 2014) determina la efectividad de las líneas de ayuda del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016 a partir del día 4 de diciembre de 2014. Es decir, desde el día 4 de diciembre de 2014 todas las subvenciones pertenecientes al Plan Estatal 2009-2012 y anteriores están suprimidas y sin efecto.
Suprimidas y sin efecto estas subvenciones, el Ministerio de Fomento solicita informe a la Abogacía del Estado sobre el procedimiento a seguir para el cierre de los saldos (entre el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas) del Plan Estatal 2009-2012.
La Abogacía del Estado considera la Comisión Bilateral de Seguimiento de cada Convenio de Colaboración el órgano competente para determinar y liquidar el saldo pendiente de justificar o transferir entre el Ministerio de Fomento y cada una de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla.
El Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribieron el 14 de septiembre de 2015, el Acta de cierre del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 y anteriores.
En dicho Acta se señala que:
«“Una vez suprimidas y sin efecto las ayudas (subvenciones) y ultimadas todas las justificaciones que la Comunidad Autónoma da Andalucía puede realizar al Ministerio de Fomento, resulta un saldo definitivo transferido por el Ministerio de Fomento y no justificado por la Comunidad Autónoma de Andalucía de 27.624.322,19 euros”.
“la Comunidad Autónoma de Andalucía, con objeto del cierre del Plan Estatal 2009-2012 y anteriores, ha comunicado compromisos adquiridos con cargo a dichos Planes, pendientes de pago, por importe de 45.311.611,07 euros”.
“el Ministerio de Fomento habrá de aportar a la Comunidad Autónoma de Andalucía 17.687.288,88 euros (45.311.611,07 euros -27.624.322,19 euros)”».
El Ministerio de Fomento procedió a la transferencia de 17.787.288,88 euros en el mes de diciembre de 2015, cumpliendo así con todos sus compromisos para con todas las subvenciones, incluidas las del alquiler, respecto a esta Comunidad Autónoma.
La Comunidad Autónoma de Andalucía venía disponiendo de saldo pendiente de justificar con el que atender las ayudas estatales a la vivienda, incluidas las del alquiler.
Esta institución considera que el Ministerio ha abonado todas las cantidades pendientes (17.687.288,88 euros) para atender los compromisos adquiridos en materia de vivienda en el mes de diciembre de 2015. Además, se informa que esa Comunidad Autónoma tiene un saldo pendiente de justificar que asciende a 27.624.322,19 euros.
Las resoluciones reconocen un derecho a cada uno de los particulares afectados a obtener de la Administración pública la ayuda concedida. El ciudadano no tiene por qué sufrir los problemas de gestión de la Junta de Andalucía en la tramitación de las subvenciones en materia de vivienda, la falta de disponibilidad presupuestaria o los problemas de coordinación existentes ente ésta y el Ministerio de Fomento.
Se recuerda que el retraso en el pago conlleva la deuda de los correspondientes intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Se concluye, a la vista del informe del Ministerio de Fomento, que la falta de pago de las resoluciones es consecuencia de una actuación atribuible a la administración autonómica, por tanto, la solución pasa porque la Consejería considere la oportunidad de iniciar de oficio los procedimientos de responsabilidad patrimonial por cada resolución de reconocimiento de subvención por el importe de las ayudas concedidas.
Por lo anterior, se dirige a esa Consejería, en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, la siguiente:
SUGERENCIA
Valorar la posibilidad de iniciar de oficio un procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración ante el impago de la subvención, por el importe de ayuda reconocida para el alquiler de vivienda.
Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no la Sugerencia formulada, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo
Buenos días.
Como era mi primera vez ;-) he creado una difusión cuando lo mas conveniente para nosotros es un grupo de Telegram. El enlace que podeis copiar y pegar es https://t.me/joinchat/C1J_Ixd-F-M-hTap9RzSQw
Por favor, el que esté interesado que entre en este nuevo grupo y que comparta este nuevo enlace y avise de que el anterior queda invalidado.
El fin es juntar las máximas personas posibles y hacer una reclamación conjunta en el DPA para que se reconozcan intereses del dinero y de demora de los impagos de este tipo de ayudas.
PASEMOS A LA ACCIÓN.
Telegram es una aplicación parecida a whatsap pero no hay que dar el teléfono personal ni ningún dato personal. Espero os unáis.
Repetiré este mensaje en este foro varios días y vosotros podéis compartir el nombre del grupo o el enlace a mas personas que han sufrido impagos o han acudido a la ayuda al alquiler 2018.
Gracias DPA por barajar la idea de anclar el mensaje.
Un saludo.
hola Ricardo, me bajé la aplicación pero qué nombre de grupo hay que buscar? te comento estoy al día de pagos de alquiler pero creo que la del 2018 va para largo, tb puedo participar en el grupo? gracias
Buenos días Beatriz. Por supuesto que si que puedes participar. El enlace de mas arriba te llevará al grupo. Se llama Impagos Ayudas Alquiler JJAA.
Un saludo.
[...]
Buenas tardes. Te informamos que nos hemos publicado tu comentario porque su contenido no cumple con las normas de uso de comentario de la página web del Defensor del Pueblo Andaluz, como así lo publicamos una vez iniciada oficialmente la campaña electoral. Te invitamos a que sigas participando en este foro ajustando el contenido de tus comentario con las normas descrita. Gracias
https://www.defensordelpuebloandaluz.es/comment/28337#comment-28337
Esto es un asco sevilla seguimos sin listas ni nada de nada yo ya no se que hacer llamo y no me const y en face solo dicen que las listas estan en intervencion ???? Cuanto tiempo la van a tener alli otros dos años? No me explico yo esto y ahora a seguir esperando xke viene feria..... Asin que echarle guindas al pavo que la cosa va para largo. [...]
yo de Málaga, tambien aparezco en las listas del dia 5 de Abril, y sin cobrar.
alguien de los que han cobrado podrían informar cuanto tardo en cobrar desde que salieron sus
listas.
Francisca, la de 2016 si no recuerdo mal las listas definitivas salieron a principios de diciembre, y el ingreso me lo hicieron el 15 de enero.
Asi que nos toca esperar un poco.
Yo cobre la del 2016 él 24 de enero pero supongo que tarde mas por que es según la localidad y las listas salieron a mediados de diciembre casi a último
Hola yo cobre la ayuda de 2016 en su tiempo estipulado pero la de 2017 en Sevilla no salen las listas definitivas y no se sabe nada de nada. Ya eche la de 2018 no se para que se pone de manifiesto la ayuda de 2018 si aún no se puede pagar la de 2017 acaso se queda la junta con el dinero de los ciudadanos? Soy joven y me hace falta de echo me la concedieron pero la definitiva aún no lo sé, lo único que sé es que este país no va en desarrollo que como persona joven me entran ganas de irme a otro donde el trabajo esté mejor, la renta y las condiciónes de vida. Con los estudios que tengo ni posibilidades para trabajar oposiciones fatales y encima para una ayuda mínima con sueldos mínimos aun pretenden los gobernantes de este país que haya mayor natalidad, más educación, mejores sueldos.... De verdad la gente se lo cree? Como voy a ser madre a los 30 años si no puedo mantenerme ni a mi misma y encima las ayudas os las quedáis vosotros... De vergüenza entrampada para toda mi vida....
Yevas toda la razón rocío yo soy madre de una niña de 11 años tengo 28 años como boy a tener mas niños si no tengo pa una boy a tener pa dos y yo no se donde vamos a llegar ke se echa una alluda en 2017 y ke estemos en 2019 y todavía no se agan pagado como kiere ke botemos si nin guno nada de nada y ke la ayuda 2018 menos lo bamos aver de verdad ke vergüenza
Yo tan bien salgo en la lista pero esperando cobra esto es desesperante madre mía
Desde que se publican las listas definitivas, hasta, que se paga cuanto tiempo hay que esperar las, listas definitivas deMalaga del alquiler del 2017 se publicaron el día 5 de Abril 2019 si me pueden contestar gracias.
Buenos días Yo soy de Sevilla.
En Sevilla no hay nada todavía, yo estoy en la provisional , pero la definitiva no salió aún!!. En las ayudas anteriores q yo he cobrado una vez que sale el listado definitivo tardan en ingresartelo en cuenta unos 20 días más o menos porque Hacienda tiene que fiscalizar el pago. Ahora eso sí que no te pillen fiestas por medio porque ahí te tarda un poco más!! Como por ejemplo a pillado semana Santa y sólo se trabaja de esa semana tres días porque jueves y viernes está todo cerrado.
Un saludo y espero q en Sevilla no tarde mucho en salir ya el listado definitivo.
Buenos días.
He creado un canal de difusión en Telegram. Lo podéis buscar por Impagos JJAA o https://t.me/impagosjjaa
El fin del canal es juntar las máximas personas posibles y hacer una reclamación conjunta en el DPA para que se reconozcan intereses del dinero y de demora de los impagos de este tipo de ayudas.
PASEMOS A LA ACCIÓN.
Telegram es una aplicación parecida a whatsap pero no hay que dar el teléfono personal ni ningún dato personal. Espero os unáis.
Repetiré este mensaje en este foro varios días y vosotros podéis compartir el nombre del grupo o el enlace a mas personas que han sufrido impagos o han acudido a la ayuda al alquiler 2018.
Si el DPA considera anclar este mensaje al inicio de este foro sería estupendo.
un saludo.
Hola Ricardo, lo he compartido en le grupo de WHATSAPP, y con tu permiso, copio y pego tu comentario en el grupo de FACEBOOK.
Hola Ricardo. Hemos consultado con la empresa de informática que gestionó el diseño de nuestra web la posibilidad de anclar cometarios que pudiera tener un interés especial y nos remiten que la herramienta elegida de Drupal no da esa posibilidad, por lo que no podremos anclarte este comentario ni los comentarios generales que incluimos nosotros. Saludos