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El Defensor del Pueblo Andaluz pide la ampliación automática de la renta mínima y priorizar los casos más urgentes

  • Sugerimos la ampliación automática de la renta mínima mientras dure el estado de alarma

  • Priorizar las solicitudes de urgencia social y familiias con menores

  • Pedimos medios para los profesionales para la gestión desde el domicilio

     

El Defensor del Pueblo Andaluz ha pedido al Gobierno andaluz la adopción de medidas destinadas a proteger a las personas en situación o riesgo de exclusión social más vulnerables.

La profunda brecha que la crisis sanitaria abre en nuestro país está golpeando con más virulencia a las personas en situación de exclusión social por lo que deben ser especialmente contempladas como destinatarias de medidas que mitiguen este impacto. Ello genera la obligación en los responsables públicos de adoptar medidas extraordinarias, aplicando criterios de justicia social.

En concreto, Jesús Maeztu ha abierto una queja de oficio, dirigida a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para que eleve al Consejo de Gobierno de Andalucía la necesidad urgente de adoptar la ampliación automática de la renta mínima, durante el tiempo de duración del estado de alarma, y priorizar los expedientes de urgencia social y familias con menores.

Además, el Defensor andaluz también ha recomendado a la Consejería competente que ponga todos los medios para que, respetando sus servicios mínimos, los empleados públicos que desempeñan sus funciones en el ámbito de la renta mínima, puedan contar con los instrumentos técnicos para realizar la gestión desde su domicilio, incluyendo las medidas para que puedan acceder al expediente administrativo.

El Defensor del Pueblo Andaluz considera que en los casos de solicitudes de ampliación de la renta mínima (RMISA) es previsible que los peticionarios cuenten con los requisitos que desembocarán en la estimación de la ampliación, y que, por ende, de poder continuar con la tramitación ordinaria, terminarían en una resolución estimatoria de la ampliación.

Además, se trata de una medida cuya viabilidad y conveniencia ya ha sido considerada en otras Comunidades, como la de Extremadura, donde fue adoptada por Acuerdo del Consejo de Gobierno muy reciente, del 18 de marzo.

Para los expedientes de urgencia social, el Defensor estima que para la aprobación de la solicitud habría de bastar con la constancia en el expediente del informe social pertinente y del denominado anexo V (solicitud de los servicios sociales comunitarios para la tramitación de la renta mínima por el procedimiento de urgencia o emergencia).

Y en las solicitudes de unidades familiares con personas menores a su cargo, para el Defensor del Pueblo Andaluz es una medida justificada por la obligación de luchar contra la pobreza infantil, con situaciones en estos momentos de menores que no pueden acceder a una alimentación sana y suficiente en los comedores escolares por el cierre de los centros docentes.

A juicio de esta Defensoria, las medidas extraordinarias por el COVID-19 para los colectivos más vulnerables no han reparado con suficiencia en las personas que ya se encontraban en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo y tenían en curso expedientes de rentas mínimas en todo el territorio nacional, aguardando su resolución, desde hacía tiempo, para poder contar con un ingreso mínimo que les permitiera cubrir sus necesidades vitales más básicas.

El Defensor del Pueblo Andaluz es consciente de que en el actual contexto de emergencia sanitaria y de confinamiento de la población pierden validez los parámetros de tiempos ordinarios pero considera importante recordar que precisamente los defectos procedimientales que venía arrastrando la gestión de la RMIISA, con demoras de una media de 1 año en la resolución de solicitudes, colocan a estas personas, ya en situación de vulnerabilidad, en una situación aún de mayor de necesidad.

Esta situación se traduce en que numerosas personas solicitantes en situación o riesgo de exclusión social se enfrentan desde el pasado 16 de marzo a una incertidumbre adicional, la de las consecuencias de la ralentización del funcionamiento de la Administración de la Junta de Andalucía, en situación de servicios mínimos o esenciales, que parece alejar aún más el horizonte de acceder a la estimación de su derecho subjetivo; y la de la imposibilidad de la búsqueda activa de empleo o incluso del desempeño de alguna actividad remunerada esporádica.

La Administración de la Junta de Andalucía ha arbitrado sus servicios esenciales y establecido para los empleados públicos (como se ha previsto para todos los trabajadores que puedan desempeñar de esta forma su desempeño profesional), la modalidad de teletrabajo. Pero en el caso de la renta mínima de inserción social en Andalucía, la posibilidad de continuar con la gestión de expedientes en esta forma es más dificil y complejo, debido a que la mayoría de ellos se encuentran en formato papel (no digitalizados documentalmente), no siendo posible que los gestores puedan sacarlos de dependencias administrativas para continuar su tramitación desde sus casas.

Para el Defensor del Pueblo Andaluz esta coyuntura debe ser resuelta con la mayor celeridad para permitir la tramitación de los expedientes o, al menos, la de aquellos que se encuentren en un trámite que permita su continuación o canalización, a pesar de la suspensión de plazos administrativos que, en todo caso, es una medida adoptada en beneficio de las personas administradas, para no perjudicar derechos.

Así, desde que se declarara el estado de alarma, han sido muy numerosas las personas que han acudido al Defensor del Pueblo Andaluz para manifestar su temor y su desolación, ya a través de las redes sociales, de las consultas a la Oficina de Información o mediante la informatización de su queja vía telemática. En todas las comunicaciones hay una nota común: la pregunta de qué va a ser de ellos y de su incertidumbre de contar con un ingreso o de acceder a un empleo.

 

También lo pide:

https://www.expansion.com/economia/2020/03/22/5e77ebce468aebfa788b45da.html

https://blogs.publico.es/dominiopublico/31374/ante-la-pandemia-del-coron...

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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33 Comentarios

Sara (no verificado) | Diciembre 8, 2024

Hola eche la renta activa de incercion el pasado 12 de junio y aun no se nada he ido a servicios sociales y nada está abierto dicen me meto en carpeta ciudadana y nada abierto no se nada y lla son 6 meses y es mucho tiempo donde puedo llamar o que puedo hacer para saver la resolucion siempre me la han aprobado y mi situación económica sigue igual espero respuesta

El DPA responde | Diciembre 12, 2024

Hola Sara,

Entendemos por tu consulta que te refieres a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Atendiendo a la normativa (apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA), se establece que el plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad).

El Defensor del Pueblo Andaluz, no gestiona las prestaciones de Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía. Por ello, te recomendamos que te dirijas a los servicios sociales comunitarios que te correspondan por domicilio, donde te podrán aportar información sobre tu situación concreta, o bien a la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Para cualquier información sobre este trámite te recomendamos te facilitamos los siguientes datos de contacto, que pone a disposición de la ciudadanía la Consejería Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad:

Correo electrónico: rentaminima.cisjufi@juntadeandalucia.es.
Teléfono: 955048000.

En caso de que considerases que existe cualquier irregularidad en la gestión de tu expediente, puedes ponerlo en conocimiento de esta Institución. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.

Saludos.

Dolores (no verificado) | Agosto 16, 2021

Hola yo e echado la anpliacion de la renta minima de incercion ace ya 6 meses y no se nada si estoy aprobada ono tengo 3 niños menores

El DPA responde | Agosto 17, 2021

Hola Dolores, los expedientes no lo gestionamos nosotros. Te informamos que para cualquier duda o información puedes hacerlo también a través del correo electrónico: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es que es al que nos dirigimos, así como al telefono de información 955 062 627.

También puedes acudir a los Servicios Sociales de tu Municipio o en la Delegación Terrirorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia

Si nada de esto te resuelve tu duda, y sigues teniéndola, puedes escribirnos para que nostros nos interesemos por tu caso, de la siguiente forma:  

Mándanos copia de tu solicitud y cuentanos tu caso con todo detalle en este enlace:

https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario

También lo puedes hacer por fax, correo postal o correo electrónico. De cualquier forma que lo hagas no te olvides poner tus datos personales, dirección postal o electrónica para comunicarnos contigo y firmar el escrito. Si lo haces mediante el enlace que te ponemos o por correo electrónico, no te olvides de adjuntar el mismo texto que escribes con tu firma, en un archivo.  

Un saludo.

Antonio (no verificado) | Mayo 1, 2021

Hola quien tiiene derecho a la ampliacion de la renta minima andaluza defensor del pueblo gracia

El DPA responde | Mayo 2, 2021

Hola Antonio. Podrán solicitar la ampliación por periodos de 12 meses sucesivos todas las unidades familiares, siempre que persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.

Se podrá solicitar como máximo en los tres meses anteriores a la finalización de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía. Una vez finalizada la percepción, no se podrá solicitar la ampliación de la misma, debiéndose cursar una nueva solicitud.

Se iniciará a instancia de la persona interesada, mediante la presentación de la solicitud marcando Ampliación. Para la acreditación del cumplimiento de los requisitos, la documentación a presentar será la misma que la requerida para la concesión inicial de la RMISA. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no será necesario presentar aquella documentación que ya conste en el expediente y respecto de la cual no se hayan producido modificaciones. Sí será necesario presentar, en cualquier caso, el certificado de empadronamiento histórico colectivo actualizado.

Rosa maria (no verificado) | Junio 16, 2020

Hola DPA sigo sin cobrar todavía me e llegado a las sustenta me e llegado al banco por si avía algún problema con la cuenta me e puesto en contacto con la Junta de Andalucía por correo y me dice que mi nómina es de mayo y que debo cobrar en 15 dia de junio y todavía no e cobrado ya no sé qué hacer

El DPA responde | Junio 18, 2020

Hola Rosa María, si en un tiempo prudencial no recibes respuesta o no estás conforme con la misma, puedes enviárnos un escrito firmado en el que nos describas la situación. Junto a tal escrito deberás remitirnos copia sellada de la solicitud de la renta mínima de inserción social en Andalucía realizada y de cualquier otra documentación que dispongas relacionada.

Todo ello lo podrás realizar por correo postal, fax, correo electrónico, en nuestra página web o sede electrónica (si tienes firma digital). Si no tienes firma digital y utilizas correo electrónico o nuestra página web, no te olvides de adjuntar en un archivo el escrito firmado (muy importante).

Un saludo.

Ismael (no verificado) | Abril 29, 2020

Buenos días, Por favor, serían tan amables de explicarme cómo solicitar la renta mínima de inserción, si
1- Los servicios sociales están cerrados (Tengo la respuesta por escrito de que no abren).
2- La web de la Junta de Andalucía no funciona bien y tampoco autofirma (tengo una solicitud rellenada accediendo con mi certificado digital, pero no la puedo firmar ya que no reconoce autofirma).
3- Los encargados de atender el servicio de R.M.I no contestan al correo electrónico (Llevo más de un mes esperando respuesta para que simplemente me exliquen qué hacer o que la tramiten via email tal y como ha facilitado el gobierno central.).

4- "Para los expedientes de urgencia social, el Defensor estima que para la aprobación de la solicitud habría de bastar con la constancia en el expediente del informe social pertinente y del denominado anexo V (solicitud de los servicios sociales comunitarios para la tramitación de la renta mínima por el procedimiento de urgencia o emergencia)"--------------->¿Esto cómo se hace exactamente si me han contestado hoy mismo por escrito que están cerrados los servicios sociales en mi ciudad?
Gracias

El DPA responde | Mayo 4, 2020
 
 
Hola Ismael, respecto a la forma de solictar la renta mínima en Andalucía, te informamos que el Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidasextraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19) habilita a los trabajadores y trabajadoras sociales de los servicios sociales comunitarios para presentar solicitudes de renta mínima de inserción social en las modalidades de urgencia o emergencia social, en representación de la persona titular, por lo que te recomendamos que contactes con el centro de servicios sociales que por domicilio te corresponda para que te informen de esta posibilidad.
 
Artículo 33. Habilitación para presentación de las solicitudes de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
1. Se habilita a los trabajadores y trabajadoras sociales de los servicios sociales comunitarios para presentar solicitudes de renta mínima de inserción social en las modalidades de urgencia o emergencia social, en representación de la persona titular. En estos casos, se considerará suficiente el modelo cumplimentado por los servicios sociales
comunitarios según anexo V del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, o el informe social en el caso de la nueva modalidad de emergencia social del artículo 30, firmado por la persona profesional de los servicios sociales comunitarios correspondientes al domicilio de la unidad familiar, junto con la solicitud rellena, aunque no se encuentre firmada por la persona solicitante.
 
2. Las personas profesionales de los servicios sociales comunitarios deberán hacer constar en el expediente, mediante diligencia, el consentimiento otorgado por la persona solicitante para la presentación de la solicitud.
Un saludo.
Y.N.A (no verificado) | Mayo 4, 2020

Estoy en la misma situación que tú. Voy a intentar presentar la solicitud a través del registro electrónico de mi ayuntamiento (Jerez) a ver si aceptan y tramitan por ese medio. Te dejo el enlace por si te sirve de ayuda.
https://www.sedeelectronica.jerez.es/tramites/registro_electronico
Si alguien más nos puede aportar una solución se agradece.

José (no verificado) | Abril 19, 2020

Mi familia también tiene solicitada la Renta Mínima de Inserción Social en Diciembre de 2018 en el Ayuntamiento de nuestro pueblo, y entró en registro de la Consejería de igualdad en Enero de 2019. Todavía no hemos cobrado cumpliendo sobradamente los requisitos. No entiendo tanto tiempo para contestar. Salud

María Córdoba (no verificado) | Abril 16, 2020

Buenos días,no hay ninguna forma de poder tramitar la Renta Minina.Por la página web imposible por los certificados digitales.Hice una reclamación firmada donde ustedes me remiten a la Delegación de Gobierno,allí no se hacen cargo.
Mi pregunta es,tan difícil es decirnos mande toda su documentación en papel a este apartados o dirección de Correo Postal que le llegará al lugar correspondiente,o a un correo electrónico -email adjuntando archivo de documentación.
Creo que no es tan difícil, y todos podremos tramitarla, el que tenga ordenador y el que no se va a Correos Postal
En vez de facilitar,todo es una pura burocracia que se queda en el limbo perjudicando a quiénes más lo necesitamos.
Gracias

R.M.B (no verificado) | Abril 27, 2020

Simplemente no quieren ayudarnos para tener menos solicitudes. Me ha quedado claro! ya que, a pesar de que el gobierno ha establecido que se puedan pedir ayudas por correo electrónico, aquí se les llena la boca con lo de que hay que firmar. ¿acaso hay algo más privado que nombre completo, dni, dirección etc? ¿acaso se les olvida que hay un ser humano que va a leer esa solicitud y verificar los datos antes de conceder la ayuda? NO, lo único que repiten es hay que firmar, hay que firmar... yo escribí al email de información de la renta mínima hace mes y medio, y aún espero respuesta; pero, casualmente, una amiga a la que le pedí que les escribiera para verificar si leían los email, le contestaron en 6 días!!!!!!! aquí el defensor del pueblo podría actuar de forma generalizada pero se niega a hacerlo, hay que firmar hay que firmar...acaso no saben que nadie puede solicitar el certificado digital en estos momentos ya que está cerrado??? NO hay que firmar. HAY QUE AYUDAR Y FACILITAR AL CIUDADANO EL ACCESO A LAS AYUDAS PARA QUE NO SE QUEDE EN LA CALLE O VIVIENDO EN UNA VIVIENDA COMO MOROSO.

R. M. B (no verificado) | Abril 4, 2020

Buenos días, quisiera denunciar que no hay forma de solicitar la renta mínima online, por culpa de varios impedimentos técnicos absurdos y discriminatorios; otras administraciones permiten la firma e identificación usando CL@VE o DNI electrónico, en este caso hay que solicitar el certificado digital sí o sí PERO: 1- Me fue imposible tramitarlo a través de ningún navegador del ordenador, ya que ninguno les vale, a pesar de que tengo un PC actualizado con todas las características que exigen, la página de la junta de Andalucía no reconoce ni que tengo sistema operativo windows 10, ni autofirma, ni nada de lo que exigen!! 2- Cuando, por fin, conseguí hacerlo desde el móvil, acceder con mi certificado y rellenar la solicitud, me pide AUTOFIRMA PARA FIRMAR, pero NO FUNCIONA TAL Y COMO ACREDITA EL 99% DE USUARIOS DE ESA APP (lo pueden leer en la play store)! les escribí hace casi un mes al correo electrónico para hacer consultas sobre la RMI pero no contestan ni cogen el teléfono...es una desesperación total y no sé qué hacer, no vivo, no duermo y ésto del confinamiento va a peor...Muchas gracias por su ayuda.

María Córdoba (no verificado) | Abril 15, 2020

Hola,yo he echo exactamente igual que tú ,con el mismo resultado.Es imposible de realizar

El DPA responde | Abril 6, 2020

Hola, precisamos para poder ayudarte que nos envíes un escrito de queja firmado describiendo la situación. Junto al escrito deberás remitirnos copia de cualquier documentación que consideres de interés. Todo ello lo podrás realizar por correo postal, fax, correo electrónico, en nuestra página web o sede electrónica (si tiene firma digital). Si no tienes firma digital y utilizas correo electrónico o nuestra página web, no te olvides de adjuntar en un archivo el escrito firmado (muy importante).

Si precisas información adicional sobre cómo debes proceder, puedes llamar al teléfono 954212121.

Un saludo.

María Córdoba (no verificado) | Marzo 26, 2020

Buenas tardes, cobré la renta del 2018 y tenía que esperar un año a no tener hijos para volver a solicitar.Mis circunstancias son las mismas,no han mejorado, estoy acudiendo a un ipi pero no ha dado resultado en cuanto a conseguir un trabajo.Tengo toda la documentación que me exigen pero no sé dónde presentarla debido a que el organismo está cerrado( frente gobierno militar) Donde puedo entregarla ?? O como solicitar algún tipo de ayuda de emergencia
Gracias

El DPA responde | Marzo 30, 2020

Hola María, puedes solicitar la renta mínima de inserción social en este enlace.

Te recomendamos que contactes telefónicamente con los servicios sociales que por domicilio te correspondan para que puedan informarte sobre los recursos que pueden ser destinados para atender a las personas declaradas en situación de emergencia social.

Un saludo.

María Córdoba (no verificado) | Marzo 30, 2020

Buenas tardes,se abre un enlace que no sé cómo puedo hacer la entrega de la documentación.Me pueden pasar un tutorial de pasos a seguir.
Nunca lo he hecho por internet y tampoco tengo un certificado digital.
No hay una dirección de Correos donde pueda enviar toda la documentación más fácil .
Perdón pero no me aclaro,no todos sabemos el manejo de informática
Gracias de nuevo

El DPA responde | Marzo 30, 2020

Hola María. Puedes enviarnos el escrito de queja y la documentación a Defensor del Pueblo Andaluz C\Reyes Católicos nº21, 41001 Sevilla o bien por correo electrónico defensor@defensor-and.es. IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y ya sabes que puedes llamarnos al 954 212121. Un saludo

Rosario Domingu... (no verificado) | Marzo 24, 2020

Buenas noches, yo que voy a decir, pues lo mal que lo estamos pasando, pero ya se sabe verdad? Y veo que nadie hace nada por nosotros, por muchas quejas que pongamos

Anamari (no verificado) | Marzo 21, 2020

Hoka yo eche febrero segunda relación a ve si vine ante más situaciones que estamos tengo niña chica de 2 años

Ana maria ( cadiz) (no verificado) | Marzo 21, 2020

Yo la exe el 12/10/2018 tengo 2 niños de 3 y 8 somos 4 en la unidad familiar y nada esto es de vergüenza,ahora con esta crisis sanitarias no nos podemos buscar la vida para traer algo ha casa para darselo ha nuestros hijo espero ke se haga algo x nosotros somos muchas familia sin recuesos y esperando ya 18 meses

Luis Carlos Far... (no verificado) | Marzo 20, 2020

Ola somos una familia de Sevilla echamos la renta mínima el 11 /10 /2018 somos 9 en casa y con dos menores en esta situación estamos muy mal

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