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La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía recuerda que el retorno de un menor extranjero solo es posible si se avala que es la mejor decisión en interés superior del niño o niña

El Defensor de la Infancia y la Adolescencia en Andalucía, Jesus Maeztu, ha trasladado al Defensor del Pueblo de España, Francisco Fernández Marugán, su preocupación por el proceso de repatriación a Marruecos de menores extranjeros que están en Ceuta, así como las quejas que ha recibido de las entidades sociales que trabajan asiduamente con la Institución, mostrando su apoyo y colaboración con esa Defensoría para velar por el cumplimiento de los derechos de estas personas menores de edad.

 

Tras la noticia de que la Justicia ha paralizado estas devoluciones al menos durante las próximas 72 horas, la Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía considera muy importante recordar, una vez más, la necesidad de anteponer la salvaguarda del interés superior del menor en la toma de cualquier decisión que le afecte. Y ello, además de enfatizar en la necesidad de escuchar al menor antes de adoptar cualquier medida sobre su futuro.

 

Así lo recogen las estipulaciones contenidas en la Convención de Derechos del Niño de Naciones Unidas de 1989, la Directiva de la Unión Europea sobre el Retorno (2008/115/CE), la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España o lo que expresamente señalan las normas de protección de personas menores de ámbito estatal y andaluz.

 

En el caso concreto del proceso de repatriación de estos menores extranjeros, la aplicación de esta normativa implica que antes del retorno de la persona menor a su país de origen hay que analizar de manera individual cada caso particular para determinar qué medida de protección es la más adecuada, duradera y que responda a sus necesidades y bienestar, de manera que la decisión que se adopte debe ir precedida de un riguroso estudio y análisis de que el retorno y las condiciones de la reagrupación familiar es la mejor decisión en interés superior del niño.

 

La Defensoría andaluza es consciente de que existe un amplio acuerdo sobre la conveniencia de que todo menor se forme y desarrolle en el entorno socio-familiar que le es propio, pero recuerda que la salvaguarda de su protección exige garantizar que no concurran circunstancias que aconsejen la separación del menor de dicho entorno familiar por existir en el mismo elementos que pongan en riesgo la integridad de sus derechos. En la misma línea, considera contraria cualquier medida que pretenda forzar su retorno a su país de origen en contra de su voluntad.

 

La vulnerabilidad de este colectivo y la responsabilidad de los poderes públicos de garantizar su protección demanda no solo la máxima garantía en el proceso de retorno si no que además éste vaya acompañado de un proceso transparente y claro, con una información concisa y dirigida a todos los organismos y entidades responsables que permita conocer los criterios adoptados para decidir qué menores han de retornar y las razones que justificarían dicha decisión, así como cualquier otra medida que deba adoptarse.

 

Para la Defensoría andaluza, en sintonía con las declaraciones del Defensor del Pueblo, la transparencia y claridad en todo momento son claves y constituyen la mejor garantía de que se está respetando el derecho de defensa de estas personas extranjeras -menores de edad- frente a unas decisiones administrativas que pueden estar en contradicción con sus propios deseos e intereses o que no cumplan con los requisitos legales establecidos.

 

El Defensor de la Infancia y la Adolescencia en Andalucía confía en que el reciente anuncio de la paralización de estas devoluciones ordenada judicialmente contribuya a garantizar la protección integral de estas personas menores de edad, y en su caso, la repatriación a su país de origen que sea necesaria, se realice bajo el más estricto cumplimiento de los requisitos legales establecidos y el respeto a los derechos de estos niños, niñas y adolescentes.

 

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