Las exigencias administrativas para las renovaciones de las autorizaciones de residencia de los menores extranjeros no acompañados que alcanzan la mayoría de edad han venido a dificultar la situación de vulnerabilidad de este colectivo.
Este endurecimiento de los criterios comenzados a exigir por algunas Oficinas de Extranjería, que tiene su fundamento en varios pronunciamientos judiciales, nos preocupa como instituciones garantes de los derechos y libertades de la ciudadanía. Consideramos que se está vulnerando el principio del interés superior del menor al que están obligadas las administraciones públicas y contraviene las obligaciones de proteger a los jóvenes ex tutelados que contemplan la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y la Ley de Protección Jurídica del Menor.
Dichos criterios se concretan en la exigencia a los jóvenes solicitantes de la primera renovación de la autorización de residencia de disponer de recursos económicos propios, tras perder el amparo de la Entidad Publica. Estos nuevos criterios restrictivos niegan la existencia de recursos económicos propios cuando el joven tenga sus necesidades cubiertas por un centro asistencial o cuando sea beneficiario de una prestación asistencial. Cuando se tramitan la segunda y posteriores renovaciones, las Oficinas de Extranjería exigen que el joven acredite unos ingresos del 400 por 100 del Iprem (2.100 euros mensuales). Exigir a un joven en esta especial situación de vulnerabilidad semejantes requisitos de solvencia económica les impide normalizar su residencia y propiciará su exclusión social y laboral.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha planteado a consulta pública la elaboración de un proyecto normativo por el que modificará el reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.
En las 34 Jornadas de Coordinación de las Defensorías del Pueblo celebradas en Andalucía en octubre de 2019, los defensores autonómicos y el Defensor estatal recomendaron la modificación del Reglamento de la Ley de Extranjería para que se elimine la interpretación restrictiva que limita el derecho de los menores extranjeros a obtener la autorización de residencia. La llamada Declaración de Tarifa, promulgada en dichas Jornadas, recoge en su punto número 9: “Demandamos la elaboración de planes de atención a jóvenes extutelados para evitar que su protección quede interrumpida automáticamente al alcanzar la mayoría de edad, y puedan caer en la marginación y exclusión social”.
Las Defensorías del Pueblo autonómicas nos adherimos a la recomendación elevada por el Defensor del Pueblo de España al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para adecuar los requisitos exigidos para la renovación de la autorización de residencia a los jóvenes ex tutelados. Compartimos la necesidad de modificar los articulos 196, 197 y 198 del Real Decreto 557/2011, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Extranjería para su adaptación a la Ley de Protección Jurídica del Menor y a los criterios de la Observación General número 14 del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.
Los firmantes de la adhesión objeto de este comunicado son el Defensor del Pueblo Andaluz y Defensor del Menor de Andalucía, Síndic de Greuges de Cataluña, Valedora do Pobo Gallego, Diputado del Común de Canarias, Ararteko, Justicia de Aragón, Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana, Procurador del Común de Castilla y León, y Defensor del Pueblo de Navarra.
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