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Los cuidados paliativos, un derecho legalmente reconocido

Los cuidados paliativos, un derecho legalmente reconocido

  • Los cuidados paliativos constituyen un derecho legalmente reconocido y, en el caso de Andalucía, estatutariamente consagrado.

  • Los cuidados paliativos son ya parte integrante de la cartera de servicios del sistema sanitario público de Andalucía y constituyen una prestación asistencial más de las reconocidas a los usuarios del sistema.

El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, ha inaugurado este viernes, 1 de diciembre, las XII Jornadas de la Sociedad Andaluza de Cuidados Paliativos, celebradas en Cádiz.

Actualmente cuidar de una persona afectada por una enfermedad terminal con un pronóstico de vida incierto pero presumiblemente prolongado, además de conllevar un enorme desgaste personal, supone en muchos casos para la persona cuidadora el tener que abandonar la vida laboral, renunciar a las aspiraciones profesionales, sacrificar cualquier atisbo de vida social y soportar prácticamente sin ayuda una gravosa carga económica.

La Institución andaluz, sensible a la situación a la que se enfrentan los enfermos terminales y sus familiares, está concluyendo un Informe Especial sobre esta realidad, que presentará a finales de año ante el Parlamento Andaluz.

Su objetivo es conocer las condiciones en que se está aplicando la Ley andaluza 2/2010, de 8 de abril, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de muerte , en el ámbito de los dispositivos que integran el Sistema Sanitario Público de Andalucía.

En su Exposición de Motivos, dicha ley señala que “Todos los seres humanos aspiran a vivir dignamente. El ordenamiento jurídico trata de concretar y simultáneamente proteger esta aspiración. Pero la muerte también forma parte de la vida. Morir constituye el acto final de la biografía personal de cada ser humano y no puede ser separada de aquella como algo distinto. El imperativo de la vida digna alcanza también a la muerte. Una vida digna requiere también una muerte digna”.

A esta Ley le cabe el honor de haber sido la primera regulación autonómica específicamente dedicada a la salvaguarda del valor de la dignidad humana en esta etapa vital. Se trata de un texto normativo de gran calidad técnica, que se ha convertido en referente de toda la legislación posterior, tanto de la que han ido aprobando en otras Comunidades Autónomas, como del proyecto de ley nacional que actualmente se debate en el Congreso de los Diputados.

Sin embargo, transcurrido ya siete años desde su entrada en vigor, el Informe pretende analizar hasta qué punto en los procesos asistenciales de los pacientes en proceso de muerte, se vienen preservando los derechos que la Ley reconoce:

  • a la información y al consentimiento informado

  • al rechazo del tratamiento y la retirada de una intervención

  • a la realización de la declaración de voluntad vital anticipada

  • a la recepción de cuidados paliativos integrales; al tratamiento del dolor

  • a la administración de sedación paliativa; al acompañamiento

  • a la salvaguarda de la intimidad y la confidencialidad.

     

Con este Informe que presentá al Parlamento, el Defensor del Pueblo Andaluz quiere llamar la atención de los máximos representantes políticos de la ciudadanía andaluza sobre las importantes carencias existentes en esta materia y sobre la necesidad de adoptar medidas para satisfacer estas necesidades.

Finlamente, durante su intervención en estas jornadas, el defensor del pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha querido hacer público su reconocimiento a “la contrastada profesionalidad y la indudable calidad humana de quienes desempeñan su labor diaria cuidando de los pacientes mas vulnerables y ayudando a sus familiares a sobrellevar el duro trance de una enfermedad terminal”.

 

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