El Real Decreto Ley 8/2020, por el que se aprueban medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, incluye entre las medidas aprobadas la prohibición del corte de suministros básicos, como agua, luz o gas, a los consumidores en situación de vulnerabilidad o exclusión.
Consideramos que es una medida muy acertada y necesaria que beneficiará a muchas personas, pero, lamentablemente, no va a solucionar el problema de aquellos hogares que ya tienen cortado el suministro por impago o por otros motivos.
La situación excepcional que vivimos en la que se impone por razones de salud el confinamiento de las personas en sus viviendas, puede resultar especialmente penosa cuando se carece en esas viviendas de los suministros básicos y esenciales.
Por ello, solicitamos que se incluyan entre las medidas sociales reguladas la obligación de las empresas suministradoras de reponer el suministro en aquellos hogares afectados por un corte previo, aun cuando el mismo estuviera debidamente justificado, especialmente cuando residan en el hogar menores, personas en situación de vulnerabilidad o exclusión, y mientras dure la actual situación de excepcionalidad, salvo en aquellos supuestos en que la reconexión no sea posible por razones técnicas o de seguridad debidamente acreditadas.
Hasta tanto se aprueben formalmente estas nuevas medidas, pedimos a todas las compañías suministradoras que, por responsabildiad social, acepten aplicar las mismas, voluntariamente y sin demora.
Esta Intitución se compromete a estudiar todos los casos que puedan llegarle de ciudadanos o asociaciones, y a trasladarlos, cuando proceda, a las empresas suministradoras para su toma en consideración.
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