Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/1744 dirigida a Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz, Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, Instituto Andaluz de la Mujer
Esta Institución ha tenido conocimiento, a través de los medios de comunicación, de la muerte de una mujer de 42 años de edad, el pasado día 6 de Abril de 2014, a causa de las heridas presuntamente infringidas por su marido, en el interior de la vivienda de ambos sita en el municipio de Jerez de la Frontera.
Según la crónica periodística, al parecer, a partir del relato de los vecinos, al regresar la pareja a su casa, se inició una discusión y, supuestamente, parece ser que fue entonces cuando se consumó la agresión.
Parece ser, continúa relatando el medio de comunicación, que tanto desde la Policía Nacional, como desde el Ayuntamiento y el Instituto Andaluz de la Mujer, explicaron que no constaba denuncia previa por ningún tipo de malos tratos ni la víctima acudido al centro Asesor de la Mujer de Jerez ni había acudido al recurso de emergencia para víctimas de violencia de género, encontrándose la pareja “en situación de convivencia”.
A la vista de los hechos expuestos, y siguiendo la línea ya emprendida por esta Defensoría, en materia de defensa de los derechos fundamentales consagrados en los artículos 10 y 15 de la Constitución Española, especialmente en el caso que nos ocupa, cuando la presunta violación de los mismos afecten a las mujeres y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 16 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, según el cual las mujeres tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, que incluirá medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas, se ha incoado queja de oficio.
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