Queja número 13/5001
Las Administraciones tributaria y recaudatoria afectadas, a propuesta de la Institución, adoptan Convenio de colaboración para agilizar la gestión tributaria y atención a los contribuyentes.
La parte promotora de la queja expone que con fecha 30 de marzo de 2012 se presentó ante el Servicio de Gestión Tributaria de Huelva, recurso de reposición interpuesto en relación a disconformidad de deuda por tasa de residuos. Según informa el citado Servicio de Gestión, con fecha 7 de mayo de 2012 remitió dicho recurso a la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva por ser el organismo competente, habiendo transcurrido más de un año desde entonces sin haber obtenido aún respuesta.
Tras la información recibida, formulábamos nuestras Resoluciones en el expediente. Las mismas básicamente consistieron en:
RECORDATORIO de los Deberes Legales contenidos en los preceptos que fueron transcritos y en aplicación de los mismos, debiendo dar respuesta a las peticiones y reclamaciones del interesado.
RECOMENDACIÓN: Concretada en la necesidad de incluir o detallar en el Convenio de colaboración administrativa suscrito entre ambas entidades, a la mayor brevedad posible y en aplicación de lo establecido en el art. 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la distribución de competencias en orden a la resolución de las reclamaciones y recursos que se formularen por los contribuyentes y obligados tributarios -tanto en voluntaria como en vía de apremio- y procediendo a la publicación de tales acuerdos en la forma indicada legalmente, a la mayor brevedad posible.
Consideramos que actuando en la forma que propugnamos se lograría una mayor adecuación de la actuación administrativa a los principios de seguridad jurídica (art. 9.3 CE); tutela judicial efectiva (art. 24 CE); y de objetividad, eficacia y sometimiento pleno a la ley y al Derecho, previstos en el artículo 103 de la Constitución.
Asimismo, se lograría garantizar en mejor medida el derecho a la buena administración, contenido en el artículo 31 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Una vez recibidos los informes de Diputación Provincial de Huelva (Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria) y de la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva, en los que se aceptan las Resoluciones formuladas por esta Institución, dimos por finalizadas las actuaciones .
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