Queja número 23/3680
El promotor de la queja exponía que por Resolución de fecha 9 de mayo de 2022 se le había reconocido a su padre el Grado II, de dependencia severa. Destacaba que, a pesar del tiempo transcurrido, el personal trabajador social no habría acudido al centro residencial en el que ocupaba plaza de carácter privado para su valoración y posterior elaboración del programa individual de atención. Según indicaba, la información que recibía es que carecen de personal trabajador social para la elaboración de los programas individual de atención.
Interesados ante la Administración municipal, se nos indica mediante informe que el afectado tiene reconocido el Grado II, de dependencia severa por resolución dictada en el mes de mayo de 2022, y en el mes de julio de 2023 el personal trabajador social encargado de elaborar la nueva propuesta del programa individual de atención acudió al centro residencial, proponiendo el servicio de atención residencial como modalidad de intervención más adecuada. Asimismo se nos indica que el expediente de dependencia quedó validado por la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía en ese mismo mes.
Posteriormente, personal técnico de esta Defensoría ha contactado con el promotor de la queja, quien nos informa de que entre el mes de septiembre y el mes de octubre de 2023, se dictó resolución aprobatoria del programa individual de atención por la que se resuelve reconocer el derecho de acceso al servicio de atención residencial.
A la vista de ello, y a la vista de que el asunto que el promotor de la queja nos trasladaba ha quedado solucionado, damos por concluidas nuestras actuaciones.
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