Queja número 21/8215
La reclamante nos exponía que por Resolución de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Cádiz se declaraba por desistida de la solicitud presentada para la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía y se ordenaba el archivo del expediente, por aplicación de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
Esta circunstancia, al parecer, tuvo lugar por considerar que la documentación aportada para atender el requerimiento de subsanación que le fue dirigido en el expediente de Renta Mínima, no se correspondía con el que le había sido solicitado para acreditar los ingresos del ejercicio fiscal anterior de uno de los miembros de la unidad familiar.
La interesada nos solicitó que nos interesáramos por esta decisión que consideraba injusta, ya que no podía aportar la declaración del IRPF (trimestrales y anual) que le fue requerida, debido a que esa persona no estaba obligada a hacer la declaración trimestral del IRPF.
Admitida a trámite la queja, e interesados ante el organismo afectado, se nos participa que tras la recepción de nuestra petición y analizar el recurso de alzada presentado por la persona interesada, se detectó error en la redacción de la Resolución de desistimiento de fecha 15/10/21, por ello, se resolvió revocar la misma y dictar una nueva Resolución en fecha 23/02/22.
A la vista de tal información, entendimos que la Administración había aceptado nuestra petición y, por tanto, procedimos al archivo de nuestras actuaciones, independientemente del sentido desestimatorio de la solicitud de RMISA de la persona solicitante.
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