Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 11/6037 dirigida a Consejería de Salud, Servicio Andaluz de Salud
ANTECEDENTES
Entre las Recomendaciones que se contienen en el Informe Especial “La intervención de la Junta de Andalucía en el sistema penitenciario: colaboraciones más destacadas”, que el pasado 30 de Noviembre de 2011 se presentó en el Registro del Parlamento de Andalucía y se entregó a su presidenta, figuran algunas dirigidas a la Consejera de Salud y al Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud que se recogen en la Recomendación Séptima, que, a su vez, derivan de las conclusiones que se extraen en el capítulo final de dicho Informe relativas a las colaboraciones en materia de asistencia sanitaria.
En consecuencia, conviene trasladar a las citadas autoridades las respectivas Recomendaciones con objeto de que puedan posicionarse sobre las mismas. Y con dicha finalidad se dispuso la iniciación de expediente de oficio conforme a lo previsto en el apartado 1 del artículo 10 de nuestra Ley reguladora.
CONSIDERACIONES
El capítulo 6 de dicho Informe Especial versa sobre la asistencia sanitaria que se presta a la población penitenciaria, analizándose en sus 5 respectivos epígrafes el modelo actual y la futura trasferencia de la sanidad, la atención primaria que se presta en los Centros Penitenciarios, la atención especializada concretada en las consultas de especialidades, en las Unidades de Hospitalización de acceso restringido y la relativa a salud mental.
Como decimos en el capítulo final de Conclusiones de nuestro aludido Informe Especial, en materia de asistencia sanitaria se vive una especie de largo y tenso compás de espera en torno a la integración de la sanidad penitenciaria en el Sistema Nacional de Salud, tal y como viene dispuesto en la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad de dicho sistema. La integración debería haberse culminado a finales de 2004, pero siete años después bien poco se ha avanzado aunque en diferentes Comunidades Autónomas, también en Andalucía, vienen funcionando unas “Mesas de Trabajo de Armonización Asistencial” que, al parecer, están obteniendo buenos resultados, aunque hasta ahora tan solo se ha avanzado de un modo claro respecto del País Vasco, donde ya se ha producido la integración a mediados de 2011, con efectos de 1 de Julio.
Sin embargo, no estamos recibiendo información muy clarificadora sobre la situación actual del proceso de integración, lo que augura todavía nuevos retrasos en un asunto que, sin que debamos considerarlo como la panacea para todas las dificultades de la asistencia sanitaria que se presta a las personas encarceladas, sí, al menos, sentará las bases, de producirse la integración, para una prestación sanitaria en condiciones de igualdad a la que reciben los demás ciudadanos.
Nosotros pensamos que, a pesar de los esfuerzos y avances producidos en estos años, se continúa apreciando una evidente inequidad, una desigualdad en los derechos sanitarios de la población penitenciaria, entre otras causas porque todavía no se han dado pasos significativos hacia la integración de la sanidad penitenciaria en el Sistema Nacional de Salud, lo que produce, entre otras consecuencias, una ruptura de la continuidad asistencial entre la atención primaria y la especializada.
La atención primaria, actualmente competencia de la Administración Penitenciaria, aunque con la colaboración también de la autonómica, se beneficia de una mejora general de infraestructuras y equipamientos en prácticamente todos los establecimientos penitenciarios andaluces, como se explica en el capítulo correspondiente. Especialmente los Módulos Sanitarios de los seis centros-tipo ofrecen muchas posibilidades para una mejora real en la atención primaria. En cuanto a personal sanitario, los datos que se recogen nos hablan de una plantilla insuficiente de médicos, especialmente en algunos Centros-Tipo, y una cifra ciertamente escasa de auxiliares de clínica, cuyo número es incluso inferior al de los médicos.
El Servicio Andaluz de Salud proporciona, conforme a la normativa vigente y los convenios firmados, la atención especializada tanto a través de las consultas de especialidades médicas como de la asistencia hospitalaria en cualquiera de sus modalidades. En el Informe se destaca la existencia de algunos problemas que persisten y también de mejoras en los últimos años y, entre éstas, destacamos la construcción, equipamiento y puesta en funcionamiento de las Unidades de Hospitalización de Acceso Restringido en cinco de las provincias andaluzas, si bien todavía faltan las de Málaga y Granada, aunque en ambas las obras están muy avanzadas, y Almería cuyas obras, al cierre de este Informe, estaban a punto de iniciarse. Estas unidades permiten la hospitalización de pacientes procedentes de los centros penitenciarios, ubicadas en zonas de seguridad que permiten la custodia policial permanente que, como es lógico, necesitan.
La asistencia especializada presenta algunos problemas que se mantienen en el tiempo y sobre los que hace mucho nos venimos ocupando, con dispar resultado. En primer lugar hablamos de los desplazamientos de especialistas del SAS a los propios centros penitenciarios para pasar consulta en ellos, previstos tanto en el Convenio-Marco de 1992 como el Sectorial de 1995, si bien este último convenio matiza que se llevarán a cabo de acuerdo a las posibilidades que existan (en el hospital de referencia) y bajo el principio de voluntariedad de los facultativos.
Por nuestra parte, y como sabe, hemos impulsado y promovido la constitución de una Comisión de Coordinación, integrada por Instituciones Penitenciarias y el Sistema Sanitario Público Andaluz, para abordar las principales carencias en materia sanitaria en relación con la población reclusa; hemos asistido a sus primeras sesiones y nos consta que se ha seguido trabajando con resultados positivos, no sólo en cuanto al desplazamiento de más especialistas a las prisiones –sobre todo desde los hospitales de referencia de Huelva, Puerto Real y Córdoba- sino también en una línea de mejora en la atención primaria tendente a considerar las enfermerías y módulos sanitarios como centros de atención primaria.
El otro problema al que aludíamos como persistente en el tiempo, referido a las consultas hospitalarias, es el del elevado volumen de citas programadas que pierden los internos porque el día y la hora señalados no se presenta la fuerza pública que ha de conducirles y custodiarles en los hospitales. Cada cita que se pierde es vuelta a empezar: nueva petición, lista de espera, en muchos casos, nuevo señalamiento y puede que nueva pérdida de cita por el mismo motivo.
El asunto llegó a adquirir dimensiones muy graves en las provincias de Sevilla (para Sevilla I y Hospital Psiquiátrico Penitenciario) y Jaén. Hemos dedicado mucho tiempo e intervenido en muchos expedientes sobre este asunto en los últimos diez años. El Informe a que nos referimos aborda extensamente este serio problema, que incluso nos llevó a plantearlo a la Fiscalía Superior de Andalucía, tratando de alumbrar caminos por la vía de posibles responsabilidades penales. A este respecto hay que decir que ni los penitenciarios ni el S.A.S son los causantes del problema, cuyo origen parece encontrarse en las insuficientes dotaciones policiales, de la Policía Nacional, y también en algunos fallos organizativos. Por ello nos hemos dirigido asimismo al Delegado del Gobierno en Andalucía trasladándole el problema y urgiéndole la adopción de medidas para paliarlo.
La situación parece que va mejorando en la mayoría de las prisiones, si bien en algunas ha habido meses en que el asunto ha vuelto a complicarse. Pero donde no parece mejorar es en Sevilla I y el Hospital Psiquiátrico Penitenciario, ya que aunque las medidas adoptadas tanto por la Fiscalía Superior como por la Delegación del Gobierno parecían haber tenido un efecto positivo en los primeros meses del año en curso, luego, en el caso de la provincia de Sevilla, todo parece haber vuelto a la misma reincidencia.
Finalmente, en lo concerniente a la atención especializada en salud mental, lo primero que destaca el Informe es la extraordinaria prevalencia de esos trastornos entre la población reclusa, hasta el extremo de situarse, según algunos recientes informes, en torno al 50% si se incluyen los trastornos derivados del consumo de drogas. De hecho, es por este motivo por el que nos hemos ocupado con reiteración del asunto; incluso en la exposición de motivos del acuerdo sectorial sobre personas afectadas por discapacidades intelectuales o por enfermedades mentales, de Mayo de 2006, se citan nuestras aportaciones en este campo, algunas de las cuales fueron objeto de debate en el Senado.
Evidentemente, una de las primeras conclusiones, ya apuntadas, es la necesidad de una mayor presencia de especialistas que se desplacen a los centros para atender no ya los casos más graves, sino a cuantos más internos mejor.
En cuanto al acuerdo sectorial de 2006, apenas se ha desarrollado en la parte que afecta a salud mental; ni tan siquiera el estudio de prevalencia que se previó realizar se ha culminado del todo, transcurridos cinco años desde la firma del Convenio. Nos consta que una gran parte está hecho, aunque no las conclusiones definitivas, si bien un adelanto de las mismas, que se nos ha enviado, confirma la elevada prevalencia detectada ya por otros recientes estudios a los que hemos aludido.
Por su parte, la Administración Penitenciaria, a raíz de un estudio realizado en 2007, ha dispuesto una estrategia precisa de atención a estos pacientes a través del denominado PAIEM (Programa de Atención Integral a personas con Enfermedades Mentales), de cursos de formación para su propio personal, y de un programa concreto de reformas en los dos Hospitales Psiquiátricos existentes en España, dependientes del Ministerio del Interior, uno de ellos el de Sevilla.
Dicha estrategia se empieza a desarrollar a lo largo de 2010 y en el presente año 2011, aunque todavía hay centros, según se deduce de los informes que hemos recibido, en que aún no está implantado con resultados tangibles. Y desde luego, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias tiene plena conciencia, al diseñar esa estrategia, de que no puede suplir la falta de recursos y alternativas en la Comunidad para hacer frente, por sí solos, al tratamiento adecuado de estos pacientes. En este sentido el Informe recoge algunas de las conclusiones del documento de reforma de los dos psiquiátricos penitenciarios, en las que se demanda la plena implicación de las Comunidades Autónomas en esta tarea.
Y, desde luego, parece fuera de toda duda que la abundantísima prevalencia de trastornos mentales, muchos de ellos verdaderas patologías psiquiátricas graves, pone de manifiesto fallos en los dispositivos comunitarios de Salud Mental, que atienden a la población en general, apreciándose una evidente carencia de recursos de mediana y larga estancia para estos pacientes, a muchos de los cuales, como se analiza en el Informe, se les impone, como única vía de control y custodia, su ingreso en prisión, precisamente el sitio menos indicado para el tratamiento de sus enfermedades.
El Informe al que nos venimos refiriendo termina formulando, tras las Conclusiones, algunas Recomendaciones a la Administración Autonómica, conforme a la atribución que nos confiere el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, reguladora de esta Institución.
Somos plenamente conscientes del momento difícil en que nos encontramos y las limitaciones presupuestarias que todas las Administraciones padecen, y, en consecuencia, la dificultad que encontrarán algunas de nuestras recomendaciones para una inmediata aplicación, cuando impliquen un aumento del gasto.
Pero no podemos dejar de hacerlas si queremos ser consecuentes con nuestros objetivos garantizadores de derechos fundamentales para todas las personas, incluidas las privadas de libertad que, recordemos, siguen manteniéndolos sin más limitaciones que las que les impongan los fallos condenatorios.
A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 29, aparato 1, de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, se formula la siguiente
RESOLUCIÓN
RECOMENDACIÓN: que las citadas autoridades desarrollen iniciativas tendentes a mejorar la atención sanitaria en tres aspectos concretos.
A) Deben impulsar y contribuir a agilizar, junto con la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, el proceso de integración de la sanidad penitenciaria en el Sistema Andaluz de Salud de modo que, a medio plazo, la población penitenciaria reciba la atención sanitaria en las mismas condiciones que las de cualquier ciudadano residente en Andalucía.
B) En materia de Atención Especializada deben potenciarse las consultas de especialistas que se desplacen a los centros penitenciarios, incentivándolos para ello, sobre todo en las especialidades más demandadas. Asimismo deben implantarse en todas las prisiones los procedimientos de telemedicina.
C) Sobre la atención especializada en Salud Mental debe procurarse una mayor presencia en los centros penitenciarios de psiquiatras consultores, de modo que se pueda atender a un mayor número de personas afectadas y con una periodicidad más frecuente.
Asimismo debe elaborarse una estrategia global de atención en salud mental en coordinación con los programas que actualmente desarrolla la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, tanto en las prisiones ordinarias como en el Hospital Psiquiátrico.
José Chamizo de la Rubia<br/> Defensor del Pueblo Andaluz
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