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Queja número 21/2267

La persona promotora de la queja manifestaba lo siguiente:

Tengo aprobada una subvención para la rehabilitación de la Junta de Andalucía, una de las obligaciones de mi Ayuntamiento como entidad colaboradora es asumir las tasas ICIO por tener ingresos por debajo de tres veces el iprem (adjunto resolución, apartado undécimo, entidades colaboradoras. f) asumir las tasas e impuestos por licencias de las obras de rehabilitación cuando los ingresos de la unidad de convivencia residente en la vivienda objeto de las actuaciones subvencionables sean inferiores a 3 veces el IPREM).

Presenté instancia el día 30 de diciembre 2020 solicitando dicha devolución, a día de la fecha no he recibido contestación por parte del Ayuntamiento.”

Admitimos la queja a trámite y solicitamos al Ayuntamiento de Guadalcázar información sobre su cumplimiento de las obligaciones como entidad colaboradora, en virtud del convenio suscrito con la Comunidad Autónoma el 12 de abril de 2019. En concreto, la asunción de las tasas e impuestos por las licencias de obras de rehabilitación cuando los ingresos de la unidad de convivencia residente en la vivienda objeto de las actuaciones subvencionables sean inferiores a tres veces el IPREM.

La respuesta municipal consistió en el envío del expediente completo por lo que, una vez analizada cuanta información contenía, consideramos oportuno en aras a poder adoptar una resolución definitiva en la presente queja con las debidas garantías, dirigirnos nuevamente al citado Ayuntamiento, interesando la emisión de un nuevo informe indicando si las cantidades reconocidas por el mismo habían sido desembolsadas y habían llegado a su destinatario.

En su nueva comunicación, el Ayuntamiento informó de lo siguiente:

- Que con fecha 29 de marzo se gira visita por el técnico municipal para la comprobación de las obras efectuadas, informando favorablemente a las mismas con fecha 29 de abril.

- Que con fecha 4 de mayo se dictó decreto de la Alcaldía … ordenando el pago “[...]correspondiente al 2º 50% del total concedido en concepto de Subvención Rehabilitación Automática de Viviendas a D. ..., para el inmueble de su propiedad sito en C/ ..., que asciende a la cantidad de 11.030,76 euros, [..]”, así como “[...] Dar ejecución al Acuerdo de Pleno aprobado en sesión ordinaria celebrada con fecha 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba reconocimiento de subvención directa por importe de 1.488,31 euros, [...]

- Que consta en la contabilidad municipal el pago por importe de 11.030,76 € el día 9 de mayo de 2022, correspondiente al 2º 50% del total concedido en concepto de Subvención Rehabilitación Automática de Viviendas a D. …, para el inmueble de su propiedad sito en C/ … .

- Que consta en la contabilidad municipal el pago por importe de 1.488,31 € el día 9 de mayo de 2022, correspondiente a subvención directa por Acuerdo de Pleno de 28 de octubre de 2021.“

Considerando con esta información que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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