Queja número 24/1690
La interesada manifiesta que en el mes de enero interpuso una reclamación ante el Hospital Universitario Reina Sofía indicando el derecho de los trabajadores a permiso retribuido por hospitalización o intervención quirúrgica de familiares y parientes que precisen reposo domiciliario, de manera favorable y acorde con la conciliación de la vida familiar y laboral.
Añadía que en el Justificante de Intervención Quirúrgica que facilitaba el centro hospitalario dice “Ha sido intervenido quirúrgicamente en la Unidad de Cirugía Ambulatoria (...), en el día de hoy", y que según la persona que lo facilita el texto es inalterable.
Para que la empresa conceda al trabajador el permiso es imprescindible la mención de “reposo domiciliario”, dado que no figura en el Justificante y la negativa a modificarlo, el trabajador para justificar la necesidad de reposo tiene que presentar el Informe Clínico de Alta en el que lo ha hecho constar el médico, en él figuran datos del DNI, nº S. Social, domicilio, antecedentes familiares y personales, etc..., de la persona intervenida, vulnerándose la Ley de Protección de Datos.
Por tal motivo, sugería la promotora de la queja que si el médico hace constar en el Informe la necesidad de reposo domiciliario, se haga constar en el Justificante.
Por parte de la Dirección Gerencia del citado hospital había contestado a la interesada que los justificantes de ingreso, asistencia en el área de Urgencias o de intervención quirúrgica que facilita el Servicio de Admisión a petición de los pacientes con familiares están predefinidos informáticamente, no pudiéndose modificar o añadir ningún tipo de información.
Entendiendo las limitaciones que tiene el personal de los Servicios de Admisión de los distintos centros sanitarios ante formularios preestablecidos, lo cierto es que no se ofrece ninguna solución al problema planteado por la interesada, esto es, no tener que facilitar datos de carácter personal y confidencial de sí misma o de una tercera persona para poder acceder a un permiso laboral.
Interesados ante la Administración sanitaria sobre la posibilidad de habilitar un justificante que no solo permita acreditar la intervención o atención sanitaria en un centro, sino además de añadir en caso necesario otra información que pueda ser relevante en determinados casos, como ingreso hospitalario o la indicación facultativa de precisar cuidados y ayuda domiciliaria, recibimos informe en el que nos indican que aunque actualmente no existe intercambio de información entre las aplicaciones de trabajo de los clínicos (donde se registra la recomendación de reposo) y las aplicaciones de gestión administrativa (donde se emite el justificante de intervención quirúrgica), se analizará la solicitud, siempre respetando la normativa relacionada con la protección de datos.
Añaden en el informe que mientras se valoran y abordan los cambios necesarios, con el fin de atender la solicitud de la interesada, los profesionales sanitarios responsables de su atención generarán la información necesaria para justificar la recomendación de reposo, y distinto del informe de alta.
A la vista de tal información, entendemos que la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud valorará la forma adecuada de conciliar el respeto a la privacidad de los datos de los/as pacientes con la necesidad de justificar determinadas situaciones de salud ante algunos organismos o entidades públicas y privadas.
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