Queja número 13/3167
Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Sevilla resuelve expresamente un expediente de responsabilidad patrimonial por la caída de una ciudadana en una vía pública, que presentó su solicitud en Abril de 2011, habiendo transcurrido más de un año de silencio administrativo.
La interesada nos exponía en su escrito de queja que, en Abril de 2011, presentó en el Ayuntamiento de Sevilla reclamación de responsabilidad patrimonial por las lesiones sufridas en una caída en la vía pública debido al mal estado de ésta, concretamente en la calle Méndez Núñez, En Septiembre de 2011 se practicó prueba testifical y, posteriormente, se concedió trámite de audiencia previa para alegaciones, que fueron presentadas por la interesada en Febrero de 2012. Desde entonces, siempre según la interesada, no se había dictado la resolución expresa del procedimiento, pese al tiempo transcurrido.
Tras las diversas actuaciones realizadas en este expediente de queja, el Ayuntamiento de Sevilla nos comunicó que la Gerencia de Urbanismo había dictado resolución por la que se resolvía expresamente la petición de responsabilidad patrimonial, poniendo así fin a la situación de silencio administrativo que motivó la queja ante esta Institución, con lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones en esta queja.
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