Queja número 15/4495
Ayudamos a familia monoparental a obtener una vivienda.
La compareciente manifestaba que tenía que abandonar el que hasta entonces había sido el domicilio conyugal, un piso donde vivía con sus dos hijos, que era de la madre de su ex marido (estaba divorciada). La relación con ella era inexistente y la echaba del piso. Estaba en el paro y estaba esperando que la operasen de la espalda por un accidente que tuvo en el trabajo, por lo que ni trabajar podía, ya que estaba de reposo desde el mes de agosto.
Se inscribió en Emvisesa, fue a AVRA y sólo le decían que había muchas personas en su situación. Pero eso no le solucionaba su problema, no tenía donde ir, había buscado alquileres y no encontraba nada. O pagaba piso y no podía darle de comer a sus hijos o pagaba comida y no pagaba piso.
Pedía una vivienda digna donde poder vivir con sus hijos.
Tras las gestiones realizadas y solicitado informe al Ayuntamiento de Sevilla, se nos respondió que la interesada residía, junto a sus hijos, en una vivienda en régimen de alquiler en cuya dirección se encontraba empadronada, desde el mes de diciembre de 2015 y que desde los Servicios Sociales se le gestionaba ayuda económica en concepto de nuevo alquiler en la Resolución del mes de diciembre de 2015 por una cuantía de 1350 euros.
Nos indicaban que estaba siendo atendida por el Centro de Servicios Sociales correspondiente, con intervención abierta, donde se le había propuesto una Ayuda Económica Familiar periódica.
Como se demostraba por las intervenciones llevadas a cabo por la Delegación de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla, se había procedido conforme al protocolo de actuación previsto para familias en dificultad social, por lo que, considerando que el asunto por el que la interesada se había dirigido a la Institución se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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