Queja número 15/1448
Comprobamos los controles de tutela de restos arqueológicos por obras del carril bici en Valencina (Sevilla).
Con fecha 09/10/2015 el Delegado Territorial de Cultura, Turismo y Deporte dicta la siguiente resolución:
“Primero.- Autorizar la intervención entre los P.K. 0+760 y 0+810 de la ciclo senda entre Castilleja de Guzmán y Valencina de la concepción, según proyecto de demolición y soterramiento en la zona de restos arqueológicos, promovido por la Diputación de Sevilla.
Segundo.- Que en el transcurso de los trabajos se realice la supervisión por parte de la arqueóloga directora de la actividad arqueológica en curso y del inspector de la misma, con objeto de que se garantice en todo momento la conservación y protección de las estructuras funerarias, conforme a lo ya ordenado en la resolución de 27 de marzo de 2015 del delegado Territorial del Educación, Cultura y Deporte sobre las medidas a adoptar en relación con los restos arqueológicos.”
-Según consta en el Libro-Diario de la intervención arqueológica, entre los días 12 y 16 de octubre de 2015 se realiza la cubrición con geotextil áridos toda la zona del yacimiento y se deja preparada la cuneta d recogida de aguas pluviales, dándose por terminadas en esa misma fecha las actuaciones de demolición de muros de obra ejecutados y de soterramiento de los restos tal y como se indicaba en las resoluciones de esta Delegación Territorial”.
La Diputación entiende que “en este caso se han producido un buen número de informaciones alarmistas e inexactas, que en buena medida respondían al desconocimiento de las circunstancias de los apartados a) y b) del punto 1, sin perjuicio de la propia presión ambiental que se produce frecuentemente en torno a cualquier descubrimiento arqueológico. En estos casos, suelen confluir por un lado, las legítimas expectativas y peticiones para una inmediata puesta en valor y para demandar mayores recursos; por otro lado, la lógica necesidad de ser realista y asegurar niveles de protección y conservación coherentes para todo un territorio; y por último, las estrategias particulares destinadas a aumentar el nivel de atención y control sobre el caso concreto, generando -de forma intencionada o no- suspicacias respecto a daños o perdidas patrimoniales.
En cualquier caso, el surgimiento sobrevenido de un yacimiento en el marco de una obra en ejecución, siempre tiene una dificultad de gestión notable, y conlleva la puesta en marcha de operaciones y decisiones complementarias que a su vez también requieren el cumplimiento de unos procedimientos”.
A la vista de las informaciones anteriores, comprobamos la intervención de la autoridad cultural a través de los técnicos arqueólogos que han aplicado sus criterios correctivos respecto del proyecto de carril y de sus correcciones. Procede pues concluir las actuaciones y proceder al cierre de la queja abierta de oficio, sin perjuicio de retomarlas cuando las circunstancias lo requieran.
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