Queja número 16/2299
La Institución comprueba cómo la Administración recaudadora había procedido a compensar el importe de recibos de IBI ya cobrados anteriormente.
Una asociación de consumidores manifestaba que con fecha 30 de octubre de 2015 su asociado había presentado escrito ante el Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Cádiz, formulando recurso y alegaciones contra Providencia de Apremio relativa a pago por aumento de IBI (recibo del ejercicio de 2013), que según indicaba ya había sido abonado mediante cargo en cuenta en su momento. Añadía que hasta la fecha no había recibido una respuesta.
Tras admitir a trámite la queja ante el organismo afectado recibimos informe indicándonos que ya habían resuelto la reclamación formulada por el interesado procediendo a la compensación y devolución de cantidades que había ingresado en demasía, habiéndose producido la situación como consecuencia del cobro mediante cargos en cuenta de liquidaciones semestrales por el IBI de 2013, por un importe de 307,58 euros.
Liquidando el Servicio Provincial nuevamente el IBI de 2013, por un importe de 454,70 euros, conforme a la regularización realizada por el Catastro Inmobiliario: Liquidación esta nueva que notificada en vía ejecutiva incluía principal, recargos e intereses.
Si bien, a consecuencia de la reclamación del contribuyente, nos informaba la Administración recaudadora, ésta había procedido a anular las liquidaciones de los recargos e intereses y compensando el importe ya cobrado con cargo en cuenta (307,58), por lo que lo finalmente cobrado al contribuyente , fueron 147,12 euros que el mismo abonó con fecha 15 de febrero de 2016.
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