Queja número 18/1599
La interesada vivía con su pareja y su hija de 8 años en una vivienda propiedad de la entidad de crédito … . Según refería, debido a la deuda de alquiler de 1800 euros que mantenían con la citada empresa, esta instó un procedimiento judicial de desahucio, siendo citada a juicio verbal, al que por desconocimiento y por la depresión que sufría, no se opuso.
Manifestaba que acordó con la empresa que pagaría la deuda antes de la fecha prevista para el desahucio el 26 de Febrero 2018, lo que realizó en varios pagos, el último a primera hora de esa misma mañana, creyendo que se paralizaría el desahucio. Sin embargo, el lanzamiento se llevó a cabo, por lo que la interesada no dispuso de tiempo para recoger sus pertenencias, incluida ropa de los tres miembros de la familia y documentos importantes que precisaban con urgencia.
Manifestaba asimismo que se habían puesto repetidas veces en contacto con el teléfono que les fue facilitado para poder retirar los enseres, indicándole siempre que le avisarían, lo que no tuvo lugar.
Ante esta triste situación, nos dirigimos a la entidad de crédito solicitando se realizasen las gestiones necesarias para que la interesada y su familia pudieran retirar sus enseres y objetos personales de la que era su vivienda.
Al transcurrir un mes desde la petición de la información sin recibir respuesta, nos pusimos en contacto con los interesados, a fin de cerciorarnos si se habían efectuado las actuaciones conducentes a que pudieran retirar los enseres y muebles de la casa, tal y como solicitábamos. El padre de la interesada nos informó de que, efectivamente, se pusieron en contacto con su yerno a fin de concertar una fecha para sacar todo, habiendo fijado un día a tal fin.
Puesto que el asunto planteado se encontraba solucionado, tal y como nos lo confirmó la interesada en escrito posterior, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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