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Consigue que le devuelvan la cantidad pagada por multa de tráfico errónea

Queja número 16/1326

La Administración estima pretensión de la parte interesada y anula deuda en concepto de Multa de Tráfico, procediéndose a la devolución del importe trabado.

La parte interesada nos exponía que a consecuencia de denuncia formulada por el Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz) en fecha 22 de octubre de 2010, y sanción impuesta en el mismo, se produjo un embargo efectuado por el Organismo de Recaudación en su cuenta bancaria por importe de 97,55 euros.

En fecha 9 de febrero de 2012 formula recurso de reposición ante el Organismo de Recaudación, que es estimado, y notificado en fecha 22 de noviembre de 2012, procediéndose a la anulación de los actos de cobro y embargo, así como estimando la devolución de la cantidad retenida, efectuándose en fecha 18 de febrero de 2014 el abono en cuenta del importe retenido.

Pese a ello, en fecha 1 de febrero de 2016 el Organismo de Recaudación vuelve a efectuar embargo en cuenta por importe de 113,35 euros (multa, intereses y recargo de demora).

Ante lo expuesto, el Defensor del Pueblo Andaluz solicitó la colaboración del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial, recibiendo al efecto informe en el que se indica que se ha podido constatar que la deuda en cuestión debía estar anulada con anterioridad a la emisión de la diligencia de embargo de fecha 01-02-2016, no produciéndose la misma por causa técnico-informáticas al efectuarse la migración de las bases de datos, con motivo del cambio de aplicación informática de recaudación.

Así pues, desde el Servicio Provincial se ha dado instrucciones necesarias para que se proceda a la anulación de la deuda en concepto de Multa de Tráfico y se inicie procedimiento de devolución del importe trabado a la interesada.

Considerando que el asunto objeto de la queja se ha solucionado, damos por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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