Queja número 23/6391
La presente queja se tramita en relación con la petición planteada por una entidad asociativa en relación con las medidas de conservación de la Tercia Abacial en la ciudad de Baza.
En su día este Defensor del Pueblo Andaluz se hizo eco del caso y con fecha 17 de septiembre de 2023 nos dirigimos ante el ayuntamiento de la localidad bacetana y la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada para conocer la situación expresada. Y así, solicitamos ante dicho organismo información sobre la petición expresada en la citada queja.
El ayuntamiento ha enviado un informe en el que se manifestaba con fecha 17 de noviembre de 2023 lo siguiente:
“Por la presente y a la vista del escrito de queja recibido por esa institución, a instancia de la Asociación, en el que se solicita se tomen medidas para que se conserve la antigua Tercia Abacial, se le ha requerido a la promotora concediéndole un plazo de 10 días para que nos informaran de las actuaciones que están realizando en dicha obra, dado que, tal y como se le hizo constar en el Decreto de concesión, apartado d) del punto 1: “En todo caso será de obligado cumplimiento lo expresado en la ordenanza de zona y comunes del PGOU de Baza, en lo referente a la protección del conjunto histórico, asimismo será aplicable lo indicado en la carta de color del propio plan en aquellos aspectos que atañen a composición de fachadas, carpinterías, pinturas y cartelerías (letreros, publicidad, etc)”.
A dicho requerimiento ha contestado, que al acometer la adecuación y reparación de cubiertas (tejados y terrazas) en la vivienda, observaron que debido a la filtración de agua y a la antigüedad de la vivienda, los palos de madera y cañizos de las mismas se encontraban podridos. El estado en que se encontraban según fotos ilustrativas que adjuntan, suponía un claro peligro de derrumbe, pudiendo ocasionar daños tanto a viandantes, clientes y trabajadores del Restaurante. Ante ese hecho, se vieron obligados a reparar las cubiertas y terrazas de forma que se garantice la seguridad del edificio y reutilizando las tejas originales, adecuándose en todo momento al plan de urbanismo.
En el decreto de concesión de licencia, se concede para la ampliación de arreglo de tejado y fachada, y sustitución de ventanas, ya que por declaración responsable solicitó limpieza y reparación de tejas rotas, enfoscado y picado fachada y sustitución de ventanas. Por tanto, como ya se le indicó verbalmente y consta en los informes técnicos y jurídicos emitidos en la declaración responsable y en la licencia de obras, las tejas rotas se sustituirán por teja árabe vieja. La fachada quedará terminada mediante enlucido en liso y pintado en blanco con zócalo gris. Y la sustitución de vigas se hará sin alterar la conformación arquitectónica del tejado ni interna ni externamente, debiendo conservar como la promotora reconoció en su declaración responsable, la fachada del acceso principal, que tiene más de 50 años. Las carpinterías de las nuevas ventanas serán de madera o en su caso de aluminio o pvc texturado imitando madera, con terminación nogal oscuro. Si se colocara rejería, será de forja de estilo tradicional y pintada en negro.
Lo que comunico para su conocimiento y efectos, haciendo constar que, tras las inclemencias meteorológicas, han sido muchas las edificaciones a las cuales se le ha tenido que realizar órdenes de ejecución para garantizar la seguridad de personas y bienes en la vía pública, de conformidad con el artículo 144 de la LISTA y lo que se intenta desde esta administración es equilibrar los intereses públicos (protección del conjunto histórico con la seguridad de personas y cosas en la vía pública), con los derechos y deberes de los propietarios de conservar sus edificaciones y que puedan obtener un rendimiento económico legítimo”.
Por su parte, la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte informa con fecha 21 de noviembre de 2023:
“Primero. Mediante escrito de la Asociación Baza Histórica, se nos solicita con fecha 05 de setiembre de 2023 intervención en la Tercia Abacial de Baza.
Segundo. Con fecha 27 de setiembre de 2023 se da respuesta a dicha solicitud a través de oficio remitido por carta dirigida a la Asociación por correo certificado con acuse y recibida el 2 de octubre de 2023 en la que se informa por parte del Jefe de Servicio de Bienes Culturales de que la La Tercia Abacial no constituye bien del patrimonio histórico inscrito en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, más allá de formar parte del Conjunto Histórico de Baza y de ubicarse en el entorno de protección del Patrimonio Arquitectónico de Baza como parte del Área de Valor Ambiental.
Por tanto, al disponer el Conjunto Histórico de Baza de un planeamiento urbanístico con contenido de protección y con aprobación definitiva, el Ayuntamiento de Baza es la institución competente en relación a garantizar el buen estado de conservación de dicho inmueble mediante los instrumentos urbanísticos precisos, así como de la protección de las edificaciones integradas en Áreas Ambientales”.
A la vista de la anterior información, y sin otros datos que contravengan su contenido, no podemos deducir un comportamiento irregular o inadecuado por parte de los servicios administrativos sobre las actuaciones que se aludían en la queja original.
En concreto, el informe municipal viene a relatar las acciones de vigilancia y control sobre el caserío de la localidad y las iniciativas para promover ante los titulares de los inmuebles las medidas de adecuación y conservación necesarias en sus intervenciones sobre el inmueble aludido.
En todo caso, permaneceremos atentos a los resultados concretos para garantizar esta adecuada actuación en el significativo entorno urbano del casco histórico de la ciudad de Baza.
0 Comentarios