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2 Comentarios

Antonio Lucas (no verificado) | Mayo 17, 2020

hola buenas cogí el coche el día, 17 de mayo y no aguantaba más el dolor de muelas y me dirigía a, una farmacia y me sancionaron, se puede recurrir la sanción en estado de, alarma?

El DPA responde | Mayo 18, 2020

Estimado Antonio, en primer lugar  no sabemos si ha sido o no sancionado. En estos casos lo que ocurre es que le habran iniciado un procedimiento sancionador con la denuncia del agente de la autoridad, La policia no sanciona sino que pone la denuncia. Después es la Delegación del Gobiuerno el que inicia el procedimiento administrativo para la imposición de la sanción si procede. Si se le comunica la sanción puede tener la posibilidad de acogerse a un procedimiento abreviado si se acoge al pago voluntario en el plazo de 15 días con un 50% de descuento del importe de la sanción, siempre que no se trate de infracciones muy graves.

En ese plazo para pagar voluntariamente la multa se puede formular alegaciones y proponer pruebas. Si se deja transcurrir sin hacer una cosa ni la otra se dicta resolución sancionadora. Si se formula alegaciones y se proponen medios de prueba, el instructor admitirá las que estime oportuno y formulará propuesta de resolución y dará trámite de alegaciones. Una vez evacuado este trámite, el órgano competente dicta la correspondiente resolución. Frente a dicha resolución dictada por el Delegado del Gobierno, o en quien delegue, cabe interponer recurso de alzada ante el Ministro del Interior en el plazo de un mes.

No obstante para cualquier tema que tenga que ver con este tipo de sanciones les recomendamos que se pongan en contacto con la Subdelegación del Gobierno correspondiente donde le podrán ofrecer más información o en el telefono 060 de laAdministración Central del Estado.

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