Queja número 13/5625
En su escrito de queja la interesada manifestaba que vivía en un albergue con sus tres hijos menores de 12, 6 y 3 años de edad, y que recibía unos ingresos de 5.695 euros en computo anual, circunstancia ésta que le impedía acceder a una vivienda. Contaba la interesada, que había sido declarada por los servicios sociales en riesgo de exclusión social.
Finalmente, decía que desde el año 2012 venía solicitando una vivienda en régimen de alquiler social, donde poder vivir con sus hijos, y añadía que le constaba que figuraba la primera en la lista de posibles adjudicatarios, sin que aún se hubiese resuelto su solicitud.
Ante la situación expuesta solicitamos informe a Vimcorsa (Viviendas Municipales de Córdoba, S.A.) quien en su respuesta nos indicaba que la interesada resultó en reserva para una vivienda de segunda ocupación, propiedad de la Comunidad Autónoma, en régimen de alquiler, en la sesión celebrada por la Comisión Técnica de Adjudicación de Vivienda de Protección Oficial de Promoción Pública de la Junta de Andalucía, el pasado día 4 de Octubre de 2013, y que el pasado día 5 de Noviembre, firmó contrato de arrendamiento y se le entregaron las llaves de una de las viviendas antes mencionadas.
A la vista de lo anterior, puesto que se desprendía que el asunto por el que la interesada acudió a nosotros se encontraba solucionado, procedimos a dar por concluidas nuestras actuaciones.
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