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Denuncia coste telefónico en el servicio de teleasistencia. Ya no le pasará más

Queja número 17/5112

El interesado nos trasladaba su malestar porque su madre es beneficiaria del Servicio de Teleasistencia y, sin embargo, el teléfono al que se conectaban las llamadas periódicas, comportaba un coste que le era facturado por su compañía telefónica y que le ocasionaba un gasto injusto, al tener que ser gratuito.

Admitida a trámite la queja, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía nos remitió informe aclarando que el Servicio Andaluz de Teleasistencia funcionaba a través de una línea 900 de tarificación gratuita para el usuario o usuaria, de tal modo que el coste de la llamada era abonado en su totalidad por la entidad que la recibía, cuyos números eran 900.920.092 y 900.844.215.

Por nuestra parte, dimos traslado de esta información al promotor de la queja, quien nos envió un nuevo escrito insistiendo en que en las facturas de teléfono de su madre a las que se refería aparecía el 901.600.021, perteneciente a la Fundación Andaluza de Servicios Sociales y refiriendo lo siguiente:

Este teléfono es el que se marcó al hacer una llamada mi madre mediante el botón del aparato emisor de llamadas. En ningún momento se hizo una llamada voluntariamente al número indicado, sino que se marcó de forma automática.

Las llamadas que usa para el autochequeo no se cuales son, pero a mi madre no le consta ningún número extraño, salvo el mencionado 901600021.

La situación antes descrita ocasiona a mi progenitora una merma en la prestación del servicio que recibe, ya que, por ejemplo, siguiendo instrucciones de los teleoperadores, no puede avisar si se va del piso eventualmente.

De esta forma, sólo usa la llamada automática cuando es extremadamente urgente, y no sigue las directrices de los teleoperadores.

Además, según la contestación de la compañía telefónica, ellos sólo cobran lo que a ellos le “cobra”.

En conclusión, sigo sin tener respuesta sobre la cuestión clave. Por lo que solicito una aclaración del mismo y su subsanación futura, así como la máxima seguridad de que no va a volver a ocurrir.

Para terminar, imagínese una persona con una enfermedad/situación que tenga que llamar constantemente a Teleasistencia y que, al final del mes, le venga una factura superior a la prevista y sin demasiados recursos.”

De conformidad con lo expuesto, nos vimos en la necesidad de solicitar nuevamente la colaboración de la citada Agencia para aclarar el incidente a que se refería el promotor de la queja, en aras de una adecuada seguridad y tranquilidad de la beneficiaria del servicio.

En su respuesta se nos informó que en el documento de adhesión se señalaba que: "La Agencia se hará cargo del coste íntegro de las llamadas telefónicas que se realicen desde el Centro de Atención de llamadas del SAT, así como las llamadas técnicas. Cuando la llamada sea realizada por la persona titular, el coste será compartido entre este y la Agencia, en función de la tarifa telefónica que la persona titular tenga contratada con su operador."

En el mes de marzo desde el Centro de Atención de llamadas del SAT, se realizó en su dispositivo domiciliario la programación automática del número 955 519 174 que sustituía al 901 600 021, con objeto de que todas las llamadas realizadas al pulsar su unidad domiciliaria o su unidad de control remoto, cumplieran el objetivo fijado por la Junta de Andalucía en la Proposición no de Ley relativa a la eliminación de los números 902 y 901 en las lineas de atención a la ciudadanía.

Por lo que a partir del mes de abril, el numero que indicaba en su consulta 901 600 021 ya no debería aparecer en su factura telefónica puesto que este había sido sustituido por el indicado, 955 519 174. Por tanto, la tarificación a esta linea corresponderá a la que tenga contratada para las lineas convencionales con prefijo geográfico.

Puesto que del contenido de lo anterior se desprendía que el asunto por el que el interesado había acudido a esta Institución se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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2 Comentarios

Delia (no verificado) | Septiembre 4, 2019

La factura de teléfono fijo esto me ha salido mucho más alta de lo normal y es raro porque yo este teléfono no lo uso, investigando he mirado los detalles y resulta que es que cada vez que llamo al botón de teleasistencia la llamada se me cobra como un 902, Dónde puedo recurrir o cómo quejarme porque yo tengo una pensión no contributivay no puedo costearme eso

El DPA responde | Septiembre 16, 2019

Buenos días Delia, creemos esto no es correcto pero tenemos que ver tu caso con más detalle. Puedes enviarnos un escrito de queja firmado describiendo la situación junto con la documentación que consideres de interés. Todo ello lo podrá realizar por correo postal, fax, correo electrónico, en nuestra página web o sede electrónica (si tiene firma digital). Si no tiene firma digital y utiliza correo electrónico o nuestra página web, no se olvide de adjuntar en un archivo el escrito firmado (muy importante).

Si precisa información adicional sobre cómo debe proceder, puede llamar al teléfono 954212121.

 

Un saludo.

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