Queja número 22/0651
En el expediente de queja recibido en esta Institución nos traslada la falta de resolución expresa a la solicitud de información del expediente administrativo respecto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, presentada ante Gerencia Provincial en Sevilla de la Agencia Tributaria de Andalucía.
Aunque en el referido escrito del promotor de la queja no se invoca el artículo20 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, aplicable en este precepto a las entidades locales, dispone de un plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolverlas. No habiéndose efectuado ni en plazo ni fuera del mismo resolución expresa
Instada la necesidad de emitir resolución expresa y motivada sin más dilaciones, a la solicitud de información presentada el Gerente Provincial de Sevilla de la Agencia Tributaria de Andalucía ha remitido comunicación a la interesada en la que se resuelve expresamente su solicitud con lo que se ha puesto fin a la situación de silencio administrativo por la que tramitamos la queja.
Por ello, procede que demos por terminada nuestra intervención en la misma y dictemos su archivo.
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