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El Ayuntamiento atendió una solicitud particular sobre el planeamiento urbanístico

Queja número 22/4801

Esta Institución tramitó en 2021 una queja anterior de la misma persona, relativa a la falta de contestación del Ayuntamiento de Torremolinos a su solicitud información sobre el PGOU.

Tras ser admitida a trámite dicha queja y solicitado informe a esa entidad municipal, se nos remitió comunicación con fecha 7 de febrero de 2022 de cuyo contenido se desprendía que el asunto planteado estaba en vías de solución, por lo que procedimos al archivo de nuestras actuaciones con fecha 1 de marzo del 2022.

Sin embargo, en una nueva comunicación, la persona interesada nos informaba que aún no se habían solucionado las cuestiones que en su día planteó al Ayuntamiento, por lo que la admitimos como una nueva queja, solicitando que nos remitiera copia del informe de 27 de junio de 2016 al que hacía referencia la persona reclamante en el escrito que adjuntábamos, así como informe de la situación urbanística de las fincas de la misma de acuerdo con la normativa de aplicación (PGOU 2020).

El Ayuntamiento de Torremolinos contestó en los siguientes términos:

Según refleja el interesado en su escrito presentado al defensor del pueblo andaluz con fecha 24/03/2022, en la queja inicial lo que se solicitó al ayuntamiento con fecha 17/06/2016 era "información sobre el estado de tramitación del plan en relación al almacén propiedad de la mercantil" y que "hasta la fecha, y tras varios escritos, el ayuntamiento no se había dignado a dar contestación (información) a los mismos".

Al respecto y tal y como se informó con anterioridad (...), se emitió informe de fecha 16/09/2016 con fecha de traslado de salida 21/09/2016, en el que se informa al interesado sobre la clasificación del suelo de su propiedad, según referencia catastral aportada por el mismo, tanto en el PGOU-96, por ser el vigente en el momento de la solicitud, como en el Documento de Revisión y Adaptación a la LOUA del PGOU de Torremolinos que contaba con Aprobación Provisional en esa fecha. Es decir, se informa al interesado "sobre el estado de tramitación del plan en relación al almacén propiedad de la mercantil".

Asimismo, y tal como indica el interesado en su escrito, en el citado informe se indicaba que "no consta en este ayuntamiento, s.e.u.o., tramitación alguna para la implantación del citado uso", y al respecto el mismo aportó con posterioridad documentación aclaratoria, que en ningún caso interfiere ni modifica la información facilitada al mismo con anterioridad, esto es, "la clasificación del suelo de su propiedad, según referencia catastral aportada por el mismo, tanto en el PGOU-96, por ser el vigente en el momento de la solicitud, como en el Documento de Revisión y Adaptación a la LOUA del PGOU de Torremolinos que contaba con Aprobación Provisional en esa fecha.", según lo indicado.

Continúa el interesado en su escrito insistiendo, según se transcribe "Por lo que entendemos que no se ha dado respuesta a lo interesado en nuestro primer escrito, ya que nos referíamos al nuevo PGOU" entendiendo que es porque "se remite a un posible desarrollo del sector en el que se encuentra", y sigue insistiendo "Es decir, no se informa de la situación actual, dejando a mi mandante en la más absoluta ignorancia" termina su escrito "Para reforzar lo anterior, hace referencia a un recurso contencioso-administrativo... indicando que en dicho proceso ha recaído sentencia..."

Concluye, "el Ayuntamiento no ha informado de nada, pero como se expresa en la última parte del anterior párrafo, debería haber informado, con la normativa de aplicación (PGOU2020), haciendo las advertencias o previsiones que estimen necesaria la Administración Local.".

Finalmente, cabe añadir que en respuesta al defensor del pueblo, de fecha 31/01/2022, se actualizaba la información respecto al estado de tramitación del Documento de Revisión y Adaptación a la LOUA del PGOU de Torremolinos, ya que desde el inicio de la solicitud en 2016 en la que se informó que se encontraba en Aprobación Provisional hasta la fecha del informe 31/01/2022, el documento del PGOU referido se aprobó definitivamente y sobre dicho acuerdo de aprobación ha recaído Sentencia nº ... de 20 de Octubre de 2021 de la sala contencioso-administrativo del TSJA del procedimiento ordinario nº ..., sobre la nulidad del planeamiento general de Torremolinos y cuyos efectos han sido dictaminados en informe del Letrado Jefe del Servicio Municipal de Asesoría Jurídica, de fecha 23/12/2022, considerando que no ha alcanzado firmeza dicha sentencia, por cuanto que se ha procedido por parte de esta Administración a interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo con fecha 20/12/2021.

Por tanto, y tal y como se ha argumentado, concluimos nuevamente en que ya se ha informado, tanto en informe de 2016 como en respuesta emitida en 2022, "sobre el estado de tramitación del plan en relación al almacén propiedad de la mercantil", no obstante, se reitera dicha información a los efectos oportunos.

INFORMACIÓN URBANÍSTICA parcela … : Según se corresponde con los datos de situación de la parcela catastral referida, en el plano de calificación del Documento de Revisión y Adaptación a la LOUA del PGOU de Torremolinos vigente, se informa que se encuentra en suelo no urbanizable especialmente protegido por legislación NURP-L y suelo urbano no consolidado incluido en la unidad de ejecución UNC-01.”

En vista de esta información, entendimos que, finalmente, había sido satisfecha la pretensión de información por parte del citado Ayuntamiento, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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