Queja número 20/3227
La persona interesada refería que no disponía de recursos para acceder a una vivienda en el mercado libre, ya que sus ingresos económicos se limitaban a 430 euros que percibía de la RAI. Por ello se veía obligado a vivir con su familia, a pesar de que la difícil convivencia estaba empeorando sus problemas de salud mental, por los que había tenido que ser ingresada en dos ocasiones en una unidad de agudos hospitalaria.
Refería que los servicios sociales le ofrecían la posibilidad de optar a una ayuda de alquiler de dos meses de duración, pero con sus ingresos económicos no podía sostener un alquiler y el resto de gastos. Por ello venía solicitando una vivienda pública en Emsisa.
Admitida la queja a trámite solicitamos informe a la Empresa Municipal, S.A. (Emsisa) y al Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.
Por parte de Emsisa se nos informó que la persona reclamante estaba inscrita en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda de Chiclana desde diciembre de 2015, si bien no se podía determinar cuándo podría adjudicársele una vivienda pública, ya que estas adjudicaciones se producían únicamente tras la recuperación por la propiedad de alguna de éstas, ya fuera por entrega voluntaria de los inquilinos residentes, por fallecimiento de éstos, o por recuperación judicial de las mismas.
Como otras posibles medidas que podían activar a fin de aportar una solución a este problema habitacional ponían a disposición de la persona interesada el Programa Municipal de Ayuda al Alquiler, cuya finalidad era disminuir la carga económica de la renta mensual de arrendamiento. Para ello, debía formalizar un contrato de alquiler en una vivienda que fuera apta para su actual situación, y solicitar dicha ayuda en las oficinas de Emsisa, que se resolvía trimestralmente (en un plazo máximo de dos meses desde la fecha de solicitud) y se abonaba mes a mes en la cuenta corriente de la persona beneficiaria, siendo compatible con la ayuda autonómica para la misma finalidad.
Asimismo, el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera nos dio traslado de las actuaciones llevadas a cabo por parte de la Delegación de Servicios Sociales destacando que, ante las dificultades de acceder a recursos residenciales a través del sistema sanitario o a través del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, se le concedió una ayuda de 130€ para afrontar la entrada de una habitación de alquiler y se le ha tramitado plaza en un albergue, la cual había finalmente rechazado.
Finalmente, le habían concedido una ayuda para el alquiler de una habitación en la que se encontraba desde hacía más de un mes.
A la vista de la información recabada, se observaba que por parte de la administración municipal y de Emsisa se le estaba prestando una atención y ayuda adecuadas dentro de sus competencias, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones y le aconsejamos que siguiera colaborando con los servicios sociales comunitarios y los recursos de salud mental para que pudieran ofrecerles la ayuda y orientación adecuada a sus necesidades.
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