Queja número 22/6728
Se recibía en esta Institución escrito de un vecino de un municipio de Jaén formulando queja por la falta de respuesta del Ayuntamiento a un escrito presentado en fecha de agosto de 2022, solicitando la retirada de un badén o la aplicación de medidas que eviten el ruido que ocasiona el paso de coches y vehículos pesados por el mismo.
Admitida a trámite la queja a fin de que el referido organismo diese expresa respuesta al escrito de la promotora, tampoco esta Institución recibió respuesta, por lo que tuvimos que formular resolución en la que recordamos al Ayuntamiento la legislación y jurisprudencia del silencio administrativo negativo, recomendándole que respondiera expresamente el escrito presentado por la parte afectada.
Recibimos del Ayuntamiento el informe que daba respuesta a la solicitud del reclamante mediante el cual se trasladaba la imposibilidad de la retirada del badén, exponiendo que dicho badén había sido “construido según la Orden FOM/3053/2008, en cuanto dimensiones, altura y pendientes máximas, y debidamente señalizado”.
También informaba de que se iba a proceder a repasar el estado de la rejilla de recogida de aguas que se ubicaba previa al badén en sentido descendente, asegurando su anclaje para evitar que pudiera hacer ruido con el paso de vehículos, bien con bandas de goma e incluso soldando la rejilla al marco perimetral.
A la vista de que se había puesto fin a la situación de silencio administrativo objeto de queja, dimos por terminada nuestra intervención en la misma y procedimos a su archivo.
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