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El Ayuntamiento de Escacena del Campo resuelve un expediente por el cierre de unos caminos públicos

Queja número 21/5809

Esta queja se tramitó ante la denuncia de la usurpación de unos caminos públicos en término de Escacena del Campo, Huelva. El reclamante, a fecha de su queja en esta Institución, no había tenido respuesta a su denuncia por parte del Ayuntamiento, ni tampoco había apreciado actividad municipal alguna tendente a hacer cesar la presunta usurpación de los caminos.

Tras admitir a trámite la queja y después de varias actuaciones, esta Institución formuló a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Escacena del Campo resolución en la que, en síntesis, le recordábamos la obligación legal de ejercitar de manera eficaz la potestad de recuperación de los bienes públicos, así como de impulsar y someter al principio de celeridad el expediente incoado de oficio para la recuperación de caminos públicos, y recomendábamos que se impulsase en todo lo posible el expediente incoado de oficio en relación con los caminos públicos cortados que eran objeto de queja.

En respuesta a nuestra Resolución el Ayuntamiento nos informó que se había emitido informe-propuesta de Secretaría General en el que se proponía estimar, dentro del expediente incoado que habíamos recomendado:

"SEGUNDO. No procede la recuperación posesoria de los caminos públicos Caminos del Herrero y Camino de Santa Ana; el primero se encuentra abierto a peatones y vehículos; el segundo porque no está cerrado pero su estado es intransitable. Con respecto al Camino del Carnazo, se propondrá un nuevo trazado por la linde de Escacena del Campo y Paterna del Campo hasta la unión con el Camino de los Carneros, así como la apertura de la cancela existente, una vez aceptada la propuesta de nuevo trazado.

TERCERO. Emplazar a D. (...), con DNI n.º [...], en representación de [...], para la aceptación de la ubicación del nuevo trazado del Camino del Junquillo hasta la unión con el Camino de los Carneros.

CUARTO. Requerir a D. (…), con DNI n.º [...], en representación de [...], con CIF [...], propietarios de la finca Peñalosa, para que en el plazo de quince días procedan a la apertura de la cancela situada en el Camino del Carnazo.

QUINTO. Advertir al requerido que transcurrido dicho plazo el Ayuntamiento, a través de personal propio o ajeno, realizará el acto por sí, con todos los gastos a cargo del mismo, incluidos los honorarios de los Técnicos (Arquitecto, Topógrafo, Aparejador...)."

Con esta respuesta consideramos que nuestra Resolución había sido aceptada por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones en este expediente de queja.

 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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