Queja número 23/4323
Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz recibía comunicación dirigida por un vecino de Huelva a través de la cual nos exponía la imposibilidad de obtener un certificado de empadronamiento colectivo, tanto de manera telemática, como de forma presencial.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento para solicitarle información relativa a:
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al régimen establecido para la obtención de cita previa y la atención al público en general, y concretamente sobre la posibilidad de atención al público de manera presencial sin cita previa.
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al funcionamiento del servicio de remisión postal de certificados de empadronamiento reflejado en la web del ayuntamiento.
En respuesta recibimos informe del Ayuntamiento de Huelva mediante el cual se nos trasladaba que la opción de tramitación telemática del certificado colectivo de empadronamiento se había actualizado en la sede electrónica municipal, siendo ya posible obtenerlo, aunque no de manera automática, para poder cumplir con la normativa de protección de datos.
Por otro lado, respecto a las trabas encontradas en la obtención de cita previa y que ésta sea requisito ineludible para el asesoramiento presencial, le trasladamos al promotor de la queja, que esta Institución está trabajando en defensa de la accesibilidad y cercanía de la administración a la ciudadanía mediante una atención presencial directa, sin necesidad de cita previa.
Al respecto, le informamos de la queja de oficio que se tramita en esta Institución y de la posibilidad de ampliar información en el enlace
Entendimos que el problema que motivó la presentación de queja se había solucionado y procedimos al cierre del expediente de queja.
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