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El Ayuntamiento de Lora del Río ejecuta unas obras de conservación ante el incumplimiento del propietario

Queja número 17/6009

Ante la falta de respuesta del Ayuntamiento de Lora del Río a nuestra petición de que se nos indicara si, a la vista del estado que presentaba el inmueble en cuestión, se había estimado procedente requerir a la propiedad del mismo para que lo mantuviera en adecuadas condiciones de seguridad, salubridad y ornato y, en caso de incumplimiento de dicha posible orden de obras, si se tenía previsto hacerlo en vía de ejecución subsidiaria por parte municipal, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se le formuló Resolución en el sentido de que se realizasen cuantas actuaciones fueran necesarias para que el inmueble colindante con la vivienda de la reclamante pasara a encontrarse en las adecuadas condiciones de seguridad, salubridad y ornato, de forma que cesaran los perjuicios y molestias que su abandono y la pasividad del Ayuntamiento ante esta situación, le venía originando.

En la respuesta remitida, tras una extensa enumeración de los antecedentes y actuaciones llevadas a cabo por el Ayuntamiento en torno a este asunto, se indicaba que, debido al incumplimiento de las obras ordenadas a la propiedad, se iba a proceder a la ejecución subsidiaria de las mismas, habiéndose abierto expediente de ejecución subsidiaria de las obras ordenadas en la edificación en estado de abandono que le originaba los perjuicios y molestias.

Así las cosas, entendimos que esta respuesta municipal suponía, en principio, la plena aceptación de la Resolución formulada en el curso de la tramitación de este expediente de queja por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

No obstante ello, instamos al Ayuntamiento para que, en la medida de los medios disponibles, se impulsara con la máxima diligencia y celeridad posibles el citado expediente de ejecución subsidiaria, de forma que las obras ordenadas fueran efectuadas a la mayor brevedad posible.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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