Queja número 21/0885
En relación con el expediente de queja recibido en esta Institución referente a la situación de los asentamientos tras ejecución de subvención extraordinaria por la incidencia del COVID en los mismos, solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Níjar para que nos informara sobre la situación de los asentamientos ubicados en su localidad tras la ejecución del programa de ejecución de las medidas urgentes aprobadas en el Decreto-Ley 9/2020 para atender a la población de los asentamientos.
Atendiendo a nuestra petición nos remiten informe detallando los datos solicitados, así nos trasladan que:
“Que el Decreto-Ley 9/2020, establece medidas urgentes complementarias para atender la situación de emergencia ocasionada por el coronavirus.
Que esta partida presupuestaria de Capítulo IV, financia operaciones corrientes con un fin concreto específico o subvenciones. Igualmente contempla gastos corrientes, en los que incurra la Administración, por la adquisición de bienes, derechos o servicios con la finalidad exclusiva de ser entregados a terceros en calidad de ayudas en especie.
Que no caben otros gastos encuadrables en otros capítulos dentro de la clasificación económica del estado de gastos. Por tanto no caben gastos correspondientes a gastos de infraestructuras permanentes o equipamiento (bienes inventariables o que se sean amortizables en un plazo superior a 1 año).
En definitiva, estas medidas urgentes tienen como finalidad frenar o evitar en lo posible la propagación del coronavirus y paliar en lo posible sus efectos, por lo que todos los gastos financiables tienen que estar destinados a esta finalidad inmediata y no a resolver el problema de los asentamientos chabolistas, que precisa la implicación de todas las Administraciones Públicas implicadas (Administración General del Estado, Administración Autonómica y Administración Local).
Además teniendo en cuenta la finalidad, del Decreto-Ley, de garantizar o reforzar la prestación de servicios públicos de competencia municipal, ya sean gestionados directamente o indirectamente, tales como distribución de agua potable; limpieza y recogida de basura de los asentamientos y su entorno; adquisición y distribución de material de higiene y sanitario, alimentos y otros productos básicos; contratación de personal para cualquier función relacionada, y cualquier otra actuación o medida necesaria en el desarrollo de los servicios públicos destinados a los asentamientos chabolistas con población mayoritariamente inmigrante que se desplazan a trabajar en las campañas agrícolas o que viven durante todo el año desempeñando tareas agrícolas en los cultivos bajo plásticos, afectados por la crisis sanitaria-epidemiológica producida por el Coronavirus COVID-19. Se aprueba en pleno del Ayuntamiento PLAN DE INTERVENCIÓN EN ASENTAMIENTOS CHABOLISTAS EN EL MUNICIPIO DE NÍJAR, COMO CONSECUENCIA DE LA SITUACIÓN OCASIONADA POR CORONAVIRUS COVID-19. Con fecha de finalización el 31 de diciembre 2020 las siguientes actuaciones:
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Adquisición y distribución de agua potable
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Recogida de residuos sólidos urbanos y transporte a centro de transferencia de los asentamientos chabolistas.
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Limpieza de los asentamientos.
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Suministro de alimentos y productos de higiene y sanitarios y otros productos de primera necesidad.
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Contratación de un técnico para reforzar los servicios públicos para atender la crisis sanitaria.
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Contrato de emergencia con entidades no gubernamentales que desarrollan su actividad en el municipio de Níjar, para la ejecución de actuaciones de suministro de alimentos, reparto de material preventivo y concienciación ciudadana: CEPAIM, CRUZ ROJA Y MEDICOS MUNDO.
En cuanto a la reanudación de las actuaciones de los servicios de distribución de agua potable y de limpieza y recogida de basuras de los asentamientos y su entorno el Decreto-Ley 9/2020 regula que las actuaciones dentro de la financiación tienen fecha de finalización el 31 de diciembre 2020.
Manifiestan que se mantiene si embargo servicio de recogida de basuras en los asentamientos, instalándose contenedores en los mismos, con una capacidad de 40800 l. de residuos.
Asimismo nos facilitan la información solicitada sobre las estrategias de intervención por parte de la Corporación ante la realidad de estos núcleos de infraviviendas. Sobre esta cuestión se manifiestan en los siguientes términos:
“El Ayuntamiento de Níjar debido a esta situación, desde la co-gobernanza, dentro de sus competencias y consciente de la urgente necesidad de la coordinación e implicación del resto de administraciones, de los empresarios y organizaciones agrarias así como de las entidades del tercer sector, aprobó la elaboración de un estudio de posibilidades e instrumentos para la viabilidad de la edificación y funcionamiento de dotaciones habitacionales dirigidas a trabajadores inmigrantes en las explotaciones agrícolas del campo de Níjar .
El estudio fue aprobado en el Pleno del Ayuntamiento de Níjar con fecha 23 de marzo de 2021 con el apoyo de empresarios y entidades del tercer sector que trabaja en el municipio y aborda el fenómeno de forma amplia e integral con alternativas en los diferentes niveles público y privado que conlleva un plan de trabajo plurianual.
Así en el transcurso de este trabajo se prioriza en la puesta en marcha de un proyecto experimental de soluciones habitacionales para trabajadores inmigrantes agrícolas en el campo de Níjar. Para lo que el Ayuntamiento dispone de suelo público para la construcción de dispositivos de vivienda transitoria y dar alternativa habitacional a los asentamientos según características, expansión, insalubridad, riesgo de incendios, inseguridad y problemas de convivencia.
Dentro de este marco la primera actuación ha sido presentar el Ayuntamiento de Níjar solicitud de subvención para la construcción de un modulo de viviendas, por el importe máximo que regula la Orden de 20 de abril de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras y posterior publicación de la Resolución de 24 de mayo de 2021. De la Dirección General de Políticas Migratorias, por la que se convoca para el ejercicio de 2021 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro para proyectos en materia de política migratorias y a Ayuntamientos andaluces destinadas a la realización de proyectos que tengan por objetivo la adquisición, construcción, reforma, reparación, conservación de inmuebles y equipamiento para la atención de personas inmigrantes”.
Una vez estudiada la información remitida por el Ayuntamiento de Níjar en la que se detallan las actuaciones municipales para atender a la población migrante de los asentamientos y sus iniciativas para erradicar esta realidad, damos por concluidas nuestras actuaciones y procedemos al cierre de este expediente de queja en tanto que no observamos irregularidad en la actuación municipal.
Una vez tomada nota de las actuaciones puestas en marcha por el Ayuntaminto de Nijar para aportar soluciones a la situación de los asentamientos, en el ámbito de sus competencias, se ha solicitado a la Corporación que nos remitan información sobre las medidas que adopten tras la aprobación del estudio mencionado así como sobre la resolución de la subvención solicitada.
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