Queja número 19/1070
La interesada, en su escrito de queja, nos relataba que el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) no ejecutaba una orden de clausura, dictada en mayo de 2018, por la actividad ruidosa de un taller de carpintería metálica situado en una nave cercana a su vivienda. El establecimiento continuaba desarrollando su actividad con toda normalidad y, por tanto, con los elevados niveles de ruido que debía soportar su familia en su vivienda; además, esta actividad ocupaba con materiales y estructuras de grandes dimensiones el camino de acceso a la zona donde residía la interesada, impidiendo o dificultando el paso con vehículos.
Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al citado Ayuntamiento, de la respuesta de éste se desprendía, en síntesis, que la Policía Local había procedido a ejecutar el cese de la actividad y la clausura de las instalaciones en junio de 2018, y que en enero de 2019, mediante nueva Resolución, notificada en abril de 2019, se había dictado la prohibición de funcionamiento de la actividad, afectando tanto a la nave como al resto de la finca. Esta Resolución incluía la retirada de todo material o utensilio afecto a cualquier uso prohibido presente en la propiedad, y se había comunicado a las empresas suministradoras la interrupción del suministro. Constaba en el expediente que el titular de la actividad había comunicado a la Policía Local que en unas fechas concretas del mes de abril iba a proceder a retirar los enseres, pertrechos y herramientas presentes en la propiedad.
Dimos traslado de esta información a la interesada, que nos confirmó que había cesado el problema pues la actividad había dejado de funcionar. Por tanto, dimos por concluidas nuestras actuaciones en el citado expediente de queja.
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