Queja número 22/6126
Se recibía en esta Institución escrito de una asociación ciudadana de Sanlúcar la Mayor, formulando queja por la ausencia del Reglamento/Ordenanza Municipal que regula la participación ciudadana del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor.
Entendían que dado que los municipios se encuentran obligados a disponer de ella conforme a la normativa que la regula, Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía, que dispone en su Disposición Final Segunda que en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, los municipios andaluces aprobarán o, en su caso, adaptarán los reglamentos de participación a lo dispuesto en la misma.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor para que nos informase sobre el estado de la tramitación de la ordenanza municipal o reglamento, así como motivase los hechos que llevan a su inexistencia.
En respuesta recibimos informe del Ayuntamiento mediante el cual se nos trasladaba que en fecha 30 de diciembre de 2022, se aprobó por decreto de Alcaldía el Plan normativo de ese Ayuntamiento donde entre las normativas recogidas se encuentra el Reglamento de participación ciudadana.
También informaba que como primer paso de dicho Plan se ha preparado la propuesta, para su aprobación por la Junta de Gobierno, de la consulta pública previa que ha de realizarse en base al Según el Artículo 133. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Que dicha propuesta esta a la espera de informe jurídico de Secretaría.
Entendimos que el problema que motivó la presentación de queja estaba en vías de solución y procedimos al cierre del expediente de queja.
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