Queja número 1/6959
En su escrito de queja la interesada denunciaba que en abril de 2018 remitió escrito al Ayuntamiento de Sevilla por los daños sufridos tras la caída en la vía publica, C/ Mar Adriático, que ella imputaba al mal estado del pavimento, del que no había recibido respuesta.
Admitimos a trámite la queja a fin de que el citado ayuntamiento respondiera expresamente a esta solicitud de responsabilidad patrimonial, informándonos de ello. Al no recibir respuesta hubo que formular a la Alcaldía-Presidencia resolución recordándole su obligación de resolver expresamente esta solicitud.
Finalmente, el ayuntamiento nos comunicó que en abril de 2019 se había dictado resolución desestimando la reclamación de responsabilidad patrimonial básicamente porque el espacio en el que se produjeron los hechos es de titularidad privada aunque abierto al uso público. De esta resolución se había dado traslado a la interesada.
Entendimos, por tanto, que el problema de fondo, la falta de respuesta a la solicitud se había solucionado, aceptando el contenido de nuestra resolución, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones en este expediente de queja.
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