Queja número 18/4866
En su escrito de queja, la interesada denunciaba que presentó, en marzo de 2017, reclamación de responsabilidad patrimonial en el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre (Málaga), por caída en la vía pública por una arqueta mal colocada, que dio lugar a la apertura de un expediente, en el que, a pesar del tiempo transcurrido, no había recaído resolución expresa, produciéndose por tanto una situación de silencio administrativo.
Tras dirigirnos al citado Ayuntamiento, éste nos comunicó que durante la tramitación del expediente constataron que la arqueta contenía cables eléctricos por lo que habían requerido a ésta sus alegaciones antes de la fase de resolución del expediente. Como la compañía eléctrica no contestó dentro del plazo de alegaciones, el Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento había dictado informe en el que se destacaba que la arqueta era propiedad de dos compañías de teléfonos, por lo que se habían dirigido a éstas para que les remitieran sus alegaciones.
Dado que entendimos que el Ayuntamiento estaba realizando actuaciones para determinar la empresa propietaria de la arqueta, consideramos que no eran necesarias nuevas actuaciones por lo que procedimos al archivo del expediente de queja.
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