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El Ayuntamiento le concede una ayuda para alquilar otra vivienda, evitando así el desahucio

Queja número 21/6633

La persona interesada manifestaba que, tras sufrir la ejecución hipotecaria de su vivienda, se encontraba negociando con una entidad bancaria el alquiler social de la misma a través de una asociación.

Refería que desde el mes de junio venían solicitando a los servicios sociales comunitarios la emisión de un informe para apoyar dicha propuesta, sin haberlo conseguido hasta la fecha.

Manifestaba que resultaba fundamental firmar dicho acuerdo, puesto que de ser finalmente desahuciados no dispondrían de capacidad económica para acceder a una vivienda en el mercado privado y precisarían por tanto acceder a una vivienda pública o bien ayuda de los servicios sociales para procurarse una alternativa habitacional.

Admitimos la queja a trámite y solicitamos informe al Ayuntamiento de La Rinconada sobre la petición formulada por la familia interesada en aras a poder llevar a buen término el acuerdo con la entidad propietaria de la vivienda; y en caso de no atender dicha petición, las razones para ello y las medidas que se previera activar a fin de aportar una solución al problema habitacional cuando se ejecutara el lanzamiento de su vivienda actual.

En la respuesta municipal parecía señalarse que la familia solicitaba en aquel primer momento el informe para dirigirlo al Juzgado, por lo cual con fecha 17 de junio se emitió por el Área de Bienestar Social, donde se les comunicaba que:

"- Los profesionales adscritos a la Administración Pública no pueden realizar informes para ninguna de las partes en conflicto, especialmente si este conflicto está judicializado.

- Sólo pueden emitir informes cuando éstos sean requerido por los Juzgados mediante petición por escrito. En este caso será realizado al Juzgado que lo solicite y éste será el que conforme a su criterio los haga llegar a las distintas partes, si lo considerara conveniente; por lo tanto deberá dirigir su petición al juzgado que lleve su procedimiento."

En cuanto a la situación actual del caso, la parte promotora de la queja nos había trasladado que finalmente se había paralizado el desahucio, con el compromiso del Ayuntamiento para conceder una ayuda para acceder a un alquiler en otra vivienda, alquiler cuya búsqueda nos trasladaban que no estaba siendo fácil. No obstante, insistían en que el informe de vulnerabilidad se solicitó, no para dirigirlo al juzgado, sino para apoyar el acuerdo con la entidad propietaria de la vivienda. Dado que el informe no se emitió hasta su solicitud por el Juzgado, varios meses después, no había podido conseguirse antes el citado acuerdo, lo que hubiera ahorrado a esta familia varios meses de angustia y preocupación.

En este sentido, trasladamos al Ayuntamiento que desde esta Institución se consideraba fundamental la intermediación que desde muchos servicios sociales comunitarios y oficinas municipales de vivienda se estaba realizando con las personas físicas y jurídicas titulares de las viviendas objeto de procedimientos de desahucio, con el fin de facilitar acuerdos que permitan evitar el desalojo de familias mientras que no disponen de alternativa habitacional, especialmente en el caso de entidades bancarias. En estos casos es fundamental la colaboración de los servicios sociales por cuanto son los organismos públicos que puedan acreditar que las familias afectadas no disponen de recursos suficientes para procurarse una vivienda por sus propios medios, y que por otro lado tienen entre sus funciones, según establece el artículo 28 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.

En atención a lo expuesto, solicitamos al Ayuntamiento un nuevo informe sobre si se estaba actuando en el sentido señalado y si, tal y como afirmaban las personas interesadas, no se facilitó el acuerdo con la entidad propietaria.

En el informe emitido se nos indicó que tras ser atendida por primera vez en abril de 2021, desde el Ayuntamiento se contactó directamente con la propiedad para propiciar un acuerdo, recibiendo en todas las gestiones realizadas una negativa de la entidad, por lo que rechazaban que el motivo de que no se produjera el acuerdo fuera la falta de emisión de informe a tal fin por los servicios sociales.

A la vista de la información recabada, así como teniendo en cuenta que el desahucio había quedado suspendido con el compromiso del Ayuntamiento para conceder una ayuda para acceder a un alquiler en otra vivienda, dimos por concluidas nuestras actuaciones, aconsejando a la parte promotora de la queja que siguiera colaborando con los servicios sociales comunitarios para que pudieran ofrecerles la ayuda y orientación adecuada a sus necesidades.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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