Queja número 21/1085
En la queja remitida con fecha 4 de febrero de 2021 Dª (…) nos traslada que desde inicio de 2019 su marido no reside en su domicilio familiar a causa de una sentencia de divorcio, habiendo solicitado su baja al ayuntamiento de Córdoba en abril del mismo año, trasladándole su nuevo domicilio.
Que a pesar del tiempo transcurrido no le habían tramitado la baja, produciéndole esta situación “un perjuicio y una vulneración de mis derechos y la de mis hijos, dado que eliminaba de raíz la posibilidad de obtener cualquier ayuda socio-económica que me pudiera corresponder, al tener muy escasos recursos económicos, pues la mayoría de esas ayudas toman como referencia los datos del padrón municipal”.
Ante la no respuesta a su solicitud se instó al Ayuntamiento de Córdoba “la necesidad de resolver expresamente, sin más dilaciones, las solicitudes presentadas por la señora (...), ante ese Ayuntamiento, informándonos al respecto, y trasladándonos copia de la respuesta dada a la parte interesada.”
La Jefa de Unidad de Estadística del Ayuntamiento nos remite informe, en el cual nos comunica que con fecha 16 de julio de 2021 se ha procedido a la baja solicitada, en el padrón de habitantes de su exmarido, con lo que se ha puesto fin a la situación de silencio administrativo por la que tramitamos la queja.
Por ello, procede que demos por terminada nuestra intervención en la misma y dictemos su archivo.
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