Queja número 22/0138
Se recibía en esta Institución escrito de una vecina de Córdoba, formulando queja por los ruidos y molestias que generan la acumulación de veladores de varios establecimientos sitos en locales comerciales de bloques de su entorno, pero en especial de uno de ellos del que decía que no tenía licencia.
Exponía el problema insistiendo en la grave afección que los ruidos tenían en su familia y, en especial, en sus dos hijos menores de edad, cuyo descanso era deficiente y como consecuencia habían disminuido su rendimiento escolar.
Con motivo de esta problemática había presentado en el Ayuntamiento varios escritos en los que se denuncian varias presuntas irregularidades, tales como la disposición de terraza de veladores en número mayor del autorizado o sin autorización, el incumplimiento de horarios de cierre, e incluso una posible ausencia de licencia de apertura.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Córdoba, que nos remitió dos informes de los que cabía destacar lo siguiente:
Informe de Oficina de Vía Pública:
1.- Que el establecimiento denunciado por la promotora, y también por otros vecinos, no contó con licencia de ocupación de vía pública ni para el año 2021 ni el para el año 2022. En el 2022 se le había denegado mediante Resolución de marzo de 2022, aunque posteriormente se había solicitado licencia para 19 veladores en fecha 19 de abril de 2022, que a fecha del informe se encontraba en trámite.
2.- Que mediante acuerdo de enero de 2022 se había incoado procedimiento sancionador y de restablecimiento de la legalidad por ocupación de vía pública sin licencia durante el año 2021, que había terminado con una sanción de 2.250.-euros.
3.- Que se encontraba pendiente la incoación de otro expediente sancionador por el mismo motivo de ocupar la vía pública sin licencia, pero durante el año 2022, a la vista de numerosas denuncias de policía local, de la comunidad de propietarios y de hasta siete vecinos.
4.- Que se había incoado procedimiento de orden de inmediata retirada de vía pública de veladores instalados y ejecución subsidiaria. Tras varias diligencias policiales y una primera retirada voluntaria tras personarse la policía, se tuvo que ejecutar subsidiariamente la retirada al volver a instalarse la terraza. Dicha ejecución subsidiaria tuvo lugar en mayo de 2022.
Informe de Oficina de Disciplina de Actividades:
1.- Con fecha 15 de febrero de 2022 se había incoado procedimiento sancionador por desarrollarse la actividad sin título habilitante, previa denuncia de la policía local. No obstante, se matizaba en el informe que el titular del establecimiento había solicitado licencia de actividad sometida a calificación ambiental, y que en relación con ésta ya se había emitido informe técnico favorable.
A tenor de lo informado, dimos por terminada nuestra intervención en este expediente de queja y procedimos a su archivo.
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