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El Ayuntamiento sanciona a un bar por actuaciones musicales en vivo sin autorización

Queja número 14/5689

Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Sevilla incoa un expediente sancionador a un establecimiento en el que se realizaban actuaciones musicales en vivo sin tener autorización para ello y que había sido objeto de varias denuncias de la promotora de la queja.

En su escrito de queja, la interesada denunciaba la posible situación, a su juicio, de inactividad municipal ante sus denuncias de ruidos generados por un establecimiento hostelero en donde se celebraban espectáculos de flamenco en directo los miércoles, jueves, viernes y sábados, en horario de tarde y noche. Según manifestaba, el local no tendría permitida esta actividad y abrían las puertas completamente, con la música en directo muy alta, generando elevados niveles de ruido, que sufría la interesada en su domicilio. Aseguraba que el ruido se incrementaba cuando salían los clientes del local a tomar copas en la calle. En su escrito de queja, la interesada decía literalmente lo siguiente: “como la policía no va cuando se llama y los inspectores de disciplina ambiental tampoco visitan los establecimientos de noche, los bares hacen lo que les da la gana sin tener en consideración las molestias que causan a los residentes”.

Por este asunto la interesada había presentado varias denuncias en la Dirección General de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla desde 2011 y, según los antecedentes que nos remitía, no había intervenido en esta problemática, por lo que el local, ante esta aparente situación de inactividad, seguía incumpliendo la normativa.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Sevilla, después de las actuaciones que hemos realizado, finalmente hemos conocido que el establecimiento había sido objeto de una inspección en abril de 2015 y que en su interior se estaba desarrollando un concierto en directo, sin estar autorizado para ello, toda vez que el titular del local sólo presentó Declaración Responsable para bar con cocina, pero sin música. Tras dar traslado de esta información a la interesada, ésta nos dijo que a pesar de ello, el establecimiento continuaba celebrando actuaciones musicales en directo como, por ejemplo, un evento musical con baile y altavoces a gran volumen, por lo que nuevamente requirió la presencia de la Policía Local que, en esta ocasión, sí acudió y levantó acta de denuncia al no contar con autorización.

Por ello, se incoó el oportuno expediente sancionador por infracción grave del art. 87.3 de la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades del Ayuntamiento de Sevilla, sancionándole con 750 euros y accesoria de dos semanas de suspensión.

A la vista de todo ello, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones por nuestra parte al entender que el Ayuntamiento, con la actuación seguida, acogió la pretensión de la interesada al denunciar al establecimiento por actuaciones musicales en directo sin tener la oportuna autorización para ello, por lo que procedimos al archivo del expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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