Queja número 21/3945
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente a la falta de información sobre expediente disciplinario al letrado designado de oficio, el Colegio de Abogados de Málaga nos traslada la siguiente información:
“En contestación a su oficio de fecha 24/06/2021, en el que solicita información relativa a la queja presentada en esta Corporación por Dª. (...) contra el Letrado D. (...), le informo que con fecha 23/09/2020 se remitió notificación a la justiciable informándole que se había incoado expediente disciplinario contra el mencionado letrado y se le asigna el número 76/20. Con fecha 27/04/2021 se le informa que se procede al archivo por caducidad del expediente 76/20 por causas ajenas al instructor pero que se procedía a su reapertura.
Con fecha 31/05/2021 se remite notificación a la Sra. (...) informándole que se ha incoado nuevo expediente al letrado y se le asigna el número 50/21.
Dicho expediente está en fase de resolución, por lo que, estimamos que en este mes se procederá a notificar a la justiciable el resultado del mismo”.
Tras un detenido estudio de dicha información, deduciéndose que el asunto se resolvería en un breve espacio de tiempo se procedió al cierre de la actuación, instando a la interesada que se pusiera en contacto con la Defensoría si no obtuviera respuesta.
Pasado un tiempo prudencial y dado que no se había resuelto el expedientes se requiere al Colegio de Abogados. Nos informa que “con fecha 22/11/21 se ha dictado Resolución en el expediente disciplinario 50/21” habiéndose notificado la misma.
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