Queja número 14/0300
En el Distrito Sanitario Centro-Almería se tendrá en cuenta la situación de los usuarios que han ejercitado la libre elección de profesionales, a la hora de redistribuir cupos por motivos organizativos.
Los interesados denunciaban el cambio forzoso de pediatra al que habían sido sometidos sus hijos, a pesar de que el profesional que hasta entonces les venía asistiendo, resultaba del ejercicio del derecho a la libre elección que, como padres, habían actuado en nombre de aquellos.
Tras dirigirnos al Distrito Sanitario Centro-Almería, y a la vista del informe recibido, el Defensor del Pueblo Andaluz formuló Resolución concretada en una Recomendación para que en los procesos de redistribución de cupos por creación de nuevas plazas u otras causas organizativas, se excluyan de los procedimientos aleatorios que se efectúan para el reparto de los usuarios, a los que previamente hayan ejercitado el derecho a la libre elección de profesional sanitario, salvo en el caso improbable de que lo impida el volumen de solicitudes que se hayan realizado en este sentido.
Recibido informe al efecto, se indica que desde ese Centro se tendrá en cuenta cuando se realice nuevamente un procedimiento de redistribución de población, aceptando la Resolución formulada por esta Institución.
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