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El letrado pudo acceder al historial médico de su cliente

Queja número 21/3185

En el expediente de queja recibido en esta Institución nos trasladaba las dificultades que como letrado del Sr. (...) estaba encontrando para la obtención de un certificado que acreditara su condición de paciente del Centro de Atención de Adicciones de Marbella, información relevante para su defensa en un procedimiento penal.

Solicitada la colaboración del Centro de Atención a Adicciones de Marbella, nos trasladan desde la Delegación de Derechos Sociales del Ayuntamientos que:

Tras revisar la base de datos del Centro de Adicciones de Marbella, comprobamos que el usuario no ha sido nunca usuario de nuestro servicio y por tanto no ha sido atendido en el mismo, por lo que no podemos darle ninguna información de dicho paciente puesto que no podemos acceder a la ficha que está activa en el SiPasda (Sistema de Información del Plan Andaluz sobre Drogas).

Según el documento extraído del Manual de funcionamiento de la Historia Clínica del Sipasda (Sistema de Información del Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones):

"El modelo de Historia Clínica del Sistema de Información del Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones se ha diseñado a través de diversas pestañas, que estructuran el contenido general de la misma. Todos los Perfiles técnicos tienen acceso la lectura de la Historia Clínica (HC) en su conjunto, si bien hay pestañas o variables de cumplimentación exclusiva según perfiles. Aunque cada centro sólo tendrá acceso a las Hª Clínicas de las personas usuarias que se encuentren en tratamiento en el recurso en cada momento, es una Hª Clínica única y compartida por los centros que conforman la Red de Centros dé Atención a las Drogodependencias y Adicciones de la Comunidad de Andalucía, con lo que, si una persona usuaria es derivada de centro, el nuevo centro accederá a la información cumplimentada por el centro anterior. El centro anterior podrá seguir accediendo a los datos introducidos en la HC hasta el momento de la derivación ...".

Aun así, desde el Centro de Adicciones de Marbella se le contestó el día 13/05/2021 al informe solicitado exponiéndole la no posibilidad de acceder a su expediente puesto que no ha estado activo en nuestro centro. Mientras que en otro recurso de la red de centros de la Junta de Andalucía si estaba activo y desde allí podían facilitarle la información que el usuario y su representante requerían.

Ya que según la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. En el capítulo. 11, artículo 4. Derecho a la información asistencial, dice en su apartado 3. El médico responsable del paciente le garantiza el cumplimiento de su derecho a la información. os profesionales que le atiendan ·durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica o un procedimiento concreto también serán responsables de informarle.

Desde el Centro de Adicciones de Marbella se le ha facilitado la información de la que disponíamos”.

Analizada la información remitida y entendiendo que este procedimiento en la tramitación de la expedición de certificados de tanta relevancia a los pacientes de estos recursos puede ocasionar importantes perjuicios en la defensa de sus derechos, desde esta Defensoría se continuará trabajando para mejorar la atención de los usuarios de los centros de atención de adicciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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