Queja número 23/2023
El Defensor del Pueblo formulaba Resolución ante el Hospital Comarcal Infanta Elena, recomendando que para la superación de las situaciones de larga espera se adopten por el hospital las medidas organizativas y asistenciales precisas, de tal manera que se respete el plazo máximo previsto normativamente en el Decreto 96/2004, de 9 de marzo, por el que se establece la garantía de plazo de respuesta en procesos asistenciales, primeras consultas de asistencia especializada y procedimientos diagnósticos en el Sistema Sanitario Público de Andalucía, y en concreto se adopten medidas para agilizar las citas con el Servicio de Cardiología.
Asimismo, recomendaba que en los casos en los que, por haberse superado el plazo máximo establecido, la persona afectada formalice petición o reclamación, se le ofrezca información sobre su posición en la lista de espera, orientación sobre los tiempos de progresión de la misma y sobre las alternativas existentes dentro del marco normativo.
Al efecto, se recibe informe explicando las medidas adoptadas por el Servicio de Cardiología para hacer frente a las demoras, así como informando de que, en relación con el asunto que afecta a la parte promotora de la queja, esta cuenta ya con citas para la realización de prueba diagnóstica en el mes de febrero, así como para recoger todos los resultados con el médico responsable de su seguimiento.
Considerando aceptadas nuestras recomendaciones, damos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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