Queja número 22/1059
Se recibía en esta Institución comunicación de una vecina de Gójar en la que exponía que no había podido contratar suministro de agua para una vivienda sita en dicho municipio, al haberle requerido Emasagra la aportación de las escrituras de la misma.
Explicaba que la citada vivienda se trataba inicialmente de una sola, la cual fue donada a su madre y dividida en dos casas adosadas con igual numeración en la calle pero diferenciadas con A y B, otorgándose la correspondiente licencia de primera ocupación con fecha de mayo de 2008. Ambas viviendas tendrían la misma referencia catastral.
La vivienda B sería de uso habitual y dispondría de suministro de agua, mientras que la vivienda A había sido alquilada por la interesada a su madre como propietaria de la misma.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Gójar así como de la empresa Emasagra para solicitarles la posibilidad de otorgar el suministro de agua a la vivienda, al menos de forma provisional y en precario, mientras se subsanaba la situación registral y catastral del inmueble.
En respuesta recibimos informe de Emasagra en el que se explicaba que para la vivienda en cuestión no existía acometida de abastecimiento, por lo que se había procedido a solicitar permisos de ejecución al Ayuntamiento de Gójar. Una vez se recibiera la autorización de dichos permisos junto con los condicionantes de ejecución, la empresa emitiría un presupuesto de acometida. Finalmente, tras el abono del presupuesto y ejecución de la acometida de abastecimiento, ya se posibilitaría el suministro a la vivienda.
Entendimos que el problema que había generado la presentación de queja se encontraba en vías de solución y procedimos a cancelar nuestras actuaciones.
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