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En trámite, su solicitud de vivienda pública para una familia con 1 hija

Queja número 14/4800

La interesada exponía que tenía un hija menor y que llevaba seis años solicitando vivienda de protección oficial. Estaba recogida con su suegra en cuya vivienda se encontraban ocho personas (3 matrimonios) con quienes no se llevaba bien. Manifestaba que ya se había encontrado en varias ocasiones durmiendo en la calle por lo que iba todas las mañanas a las puertas del Ayuntamiento con pancartas, habiéndole grabado las cámaras y, decía haber salido varias veces en Canal Sur.

Solicitamos informe tanto a Vimcorsa (Viviendas Municipales de Córdoba, S.A.) como al Ayuntamiento de Córdoba.

Por parte de Vimcorsa se informó que la interesada se encontraba inscrita en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Córdoba, tanto para viviendas de régimen general o especial, como para las viviendas de segunda ocupación de la Comunidad Autónoma, en régimen de alquiler.

En dicha inscripción se reflejaba que se encontraba dentro del grupo de especial protección de personas en riesgo de exclusión social, y cumplía los requisitos que exige la normativa de aplicación para acceder a una vivienda protegida del régimen solicitado.

No obstante, en el Registro Municipal de Vivienda Protegida figuraban como demandantes de viviendas en régimen de alquiler 6.822 inscripciones que, como la interesada, cumplían los requisitos antes mencionados, y 1031 de éstas se encontraban en el grupo de especial protección de personas en riesgo de exclusión social.

La fecha de inscripción de la última persona adjudicataria de una vivienda de alquiler, fue anterior a la de la interesada, así como la mayoría de las inscripciones, por lo que no era posible conocer el plazo de tiempo aproximado en el que la interesada podría acceder a una vivienda protegida.

En cuanto a si existía otra alternativa por si no se producía la adjudicación de una vivienda con la exigida inmediatez, Vimcorsa contaba con un Programa de Ayudas al Alquiler, consistente en seis mensualidades de 150 euros, prorrogables otros seis meses, para aquellas personas que alquilaran una vivienda en el mercado libre, cuyo plazo de solicitud se abriría en el mes de diciembre de 2014.

Y el Ayuntamiento de Córdoba, después de un largo tiempo de tramitación sin contestar, nos informó que la interesada solicitó en septiembre de 2014 una entrevista con el Sr. Alcalde para hacerle partícipe de su situación, siendo remitida en esa misma fecha al Centro de Servicios Sociales Comunitarios correspondiente al distrito de su residencia.

En noviembre de 2015 la Sra. ... fue atendida de manera individualizada por la Asistente Social de zona, comprobando la ausencia de informe o baremo de emergencia habitacional emitido por la Zona de Trabajo Social (ZTS) de referencia, requisito indispensable para ser propuestos para la adjudicación de vivienda de segunda ocupación, por lo que se emitió éste desde la Oficina Municipal de Defensa de la Vivienda, quedando en lista de espera para este recurso.

En noviembre de 2016 se emitió informe-baremo por el Trabajador social de la ZTS correspondiente, de cuya puntuación que desprendía la existencia de ingresos económicos que situaban a la familia sin posibilidad de acceso a las mismas.

En julio de 2017 se tenía conocimiento que la interesada ocupó de manera ilegal una vivienda del parque público de viviendas de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) preparada para ser adjudica a otra familia en situación emergencia habitacional, motivo por el cual hubo de dictarse orden de lanzamiento contra la misma.

Al margen de lo anterior la interesada se encontraba inscrita en el Registro de Demandantes de vivienda de segunda ocupación, en espera que en función de las circunstancias acreditadas en cada momento y de la baremación que pudiera efectuarse, pudiera corresponderle su adjudicación.

No obstante lo anterior, se estaba trabajando en la búsqueda de una solución adecuada que pudiera satisfacer las necesidades habitacionales de la interesada.

Considerando que la pretensión de la interesada se encontraba en vías de solución dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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