Queja número 21/1029
La persona reclamante nos trasladaba que el padre de su hija había sido condenado por abusos a ésta. Planteaba que por razones terapéuticas, desde una asociación de defensa de la infancia le habían aconsejado que la menor no residiera en la vivienda donde se produjeron los abusos, la cual era de su propiedad. Refería que desde la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) le habían orientado e intermediado en la gestión de la dación en pago de la vivienda con una entidad bancaria.
Afirmaba que no disponía de recursos para acceder a otra vivienda, por lo que mientras se completaban los trámites sus hijos estaban viviendo con los abuelos, lo que les mantenía en una situación transitoria que no era aconsejable para la menor. Por ello, nos trasladaba su preocupación por la necesidad de poder vivir con sus hijos en otro domicilio.
Admitimos la queja a trámite y solicitamos informe a la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) que nos facilitó los siguientes datos:
Con fecha 24/09/2020 se procedió a la apertura de expediente en la OMDV, derivada por los servicios sociales comunitarios. Ante la petición de mediación con la entidad bancaria para alcanzar una solución al problema de vivienda, la OMDV contactó con la persona gestora de su expediente, que solicitó documentación que avalase la situación descrita, indicando que elevaría la propuesta a sus superiores.
Desde este día, por parte de la OMDV se mantuvieron numerosos contactos con dicha persona gestora sin obtener solución a la situación.
En febrero de 2021, contactaron con el nueva persona responsable del expediente en búsqueda de una solución extrajudicial. Se indicaba que la entidad priorizaba la venta del inmueble a terceros, frente a la dación en pago. Asimismo se indicaba que debido a sus circunstancias, se estaba trabajando para que aún no asumiendo con la venta del inmueble la totalidad de la deuda, no tuviera que hacer frente al pago.
En definitiva, comprobamos que se estaba trabajando de forma coordinada en este caso desde los servicios sociales comunitarios, el CIAM correspondiente y la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda para dar una salida a la difícil situación planteada.
Transcurridos unos meses desde la recepción de esta información, volvimos a contactar con la OMDV para actualizar el expediente y nos indicaron que se le reservó vivienda de EMVISESA y se le entregó a finales de 2022.
En consecuencia, al haberse solucionado el asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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