Queja número 19/2293
En su escrito de queja la interesada, de 79 años de edad y residente en el municipio sevillano de Cantillana, nos exponía que se vio obligada a cambiar la tensión eléctrica de su vivienda, de 125 V a 220 V. Tras ello recibió una elevada factura de electricidad correspondiente a la nueva contratación, que debido a su situación económica no podía pagar, por lo que solicitó su fraccionamiento pero le habrían indicado que no era posible y temía el corte de luz.
Al parecer, la situación vendría provocada tras sufrir un corte de suministro sin aviso, pese a tener los recibos al día. En el punto de atención Endesa les dijeron que el corte se debía a la falta de renovación del contrato, a nombre de un titular fallecido. Para la contratación del servicio de electricidad tuvo que cambiar el voltaje de la instalación. Denunciaba la interesada que en el momento de contratar no le ofrecieron asesoramiento acerca de la potencia más adecuada para el consumo de la vivienda ni sobre la posibilidad de solicitar el bono social.
En aquellos momentos estaba pendiente de que los Servicios Sociales comunitarios respondieran a su solicitud por lo que había logrado paralizar el pago de la factura y, en cuanto al bono social, le habrían indicado que no podían tramitar su solicitud hasta que no abonara la deuda pendiente.
Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos a Endesa, ésta nos informó que detectaron la existencia de un contador en la vivienda habitada que no estaba registrado en sus sistemas, con doble línea de bornero, por lo que iniciaron un expediente por reventa. En segunda inspección se confirma que el suministro se encontraba en corriente directa, por lo que al afectar a la integridad de la instalación procedieron a cortar el cuadro general de protección, dejando una pegatina de aviso para informar de lo ocurrido a los residentes de la vivienda. La valoración de este expediente sería comunicada por la distribuidora al cliente.
En cuanto a la solicitud de fraccionamiento de pago de la factura de alta, aunque en un primer momento se nos indicó que no era posible atenderla por cuanto no se trataba de una acumulación de consumos, finalmente aconsejaban que tratándose de cliente de especial vulnerabilidad contactase con los servicios sociales municipales para, en su caso, facilitar el abono de las facturas pendientes y evitar el corte del suministro mientras la situación persistiera.
Tras conocer que la factura se abonó con una ayuda de los servicios sociales por importe de 100 euros y un anticipo bancario, entendimos que el problema estaba solucionado. En cualquier caso aconsejamos a la interesada que solicitara el bono social eléctrico para reducir el importe de las facturas de electricidad, así como, si consideraba que existía alguna irregularidad en el cobro de las facturas por el servicio prestado, acudiese al Servicio de Industria, Energía y Minas con objeto de valorar adecuadamente la existencia de la anomalía que le imputaba la distribuidora y la recuperación de energía que se pretendía facturar. Con ello procedimos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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